El Ministerio de la Producción () estableció las cuotas de de los recurso jurel y caballa que será efectuadas a través de embarcaciones de mayor escala durante el 2022.

A través de la Resolución Ministerial Nº 00462-2021-PRODUCE, se indicó que el límite de captura del recurso jurel (Trachurus murphyi) para el período 2022 es de 54 293 toneladas; y para el recurso caballa (Scomber japonicus peruanus) es de 37 000 toneladas.

También se precisó que los límites de captura señalados en la norma pueden modificarse en función al seguimiento de la pesquería de los recursos jurel y caballa, de acuerdo con la evolución de los desembarques totales o de la disponibilidad de los recursos, previa recomendación del IMARPE.

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La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción adoptará las medidas de fiscalización necesarias para cautelar el cumplimiento de

lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial y de las disposiciones legales aplicables sobre la materia.

Los armadores o empresas pesqueras que se dediquen a la actividad extractiva de los recursos jurel y caballa deben brindar las facilidades de habitabilidad, alimentación y seguridad a los fiscalizadores u observadores científicos embarcados a requerimiento del Ministerio de la Producción o del IMARPE, así como asegurar que los capitanes o patrones de pesca y la tripulación brinden una amplia cooperación que les permita el cumplimiento de sus funciones durante las operaciones de pesca.

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