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Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Fabiana Sánchezfsanchez@peru21.com

Si ha sufrido un accidente o ha sido víctima de una enfermedad que le produjo una incapacidad física o mental que disminuye en 50% o más su capacidad para trabajar, tiene derecho a la pensión de invalidez otorgada por el sistema de pensiones.

Marina Malca, gerente de Administración y Operaciones de Profuturo AFP, señala que, para determinar cuál será la pensión mensual que recibirá, el Comité Médico de las AFP (COMAFP) hace una evaluación de la magnitud del menoscabo y su recuperabilidad.

"Si la invalidez es parcial, se le otorgará el 50% de la pensión que se había calculado. De ser considerada total, le darán el 70%", indica.

Cuando cuente con la evaluación del comité, y si está conforme, se le brindará un dictamen que deberá presentar en su AFP. Todo esto demora cerca de 25 días.

Si el afiliado no está de acuerdo con los resultados de la COMAFP, puede presentar una solicitud de apelación adjudicando evidencias médicas.

La experta sugiere que, para no tener problemas, verifique que toda la documentación se encuentre debidamente actualizada.

CONSEJOS

1. EdadQuien solicita la pensión de invalidez debe ser menor de 65 años y no estar jubilado.

2. RequisitoDebe tener registrados al menos cuatro aportes en los últimos ochos meses.

3. PoderPuede otorgarle a un familiar o a un amigo una carta poder para que haga los trámites.

4. PapelesNecesitará un certificado médico, la historia clínica y una copia simple de su DNI.

5. SeguroSi pertenece al Sistema Nacional de Pensiones, llame al 595-0510 para informes.