Judicializar a la prensa
Judicializar a la prensa

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Carlos ParedesInvitado por Mónica Delta

Una jueza ordena abusivamente la detención de la editora de un diario opositor por las ilegales intromisiones informáticas de un redactor fisgón e irresponsable. Un cuestionado juez insiste de forma sospechosa en sentenciar a un par de periodistas, sin escucharlos, porque se lo pide obstinadamente un exministro tan cuestionado como él. La conductora emblema del info entretenimiento vuelve a recibir una confusa sentencia. ¿Qué tienen estos episodios en común? Un aficionado a las teorías de la conspiración podría decir que se trata de una arremetida más contra la prensa por parte del poder. Los denunciantes dirán que es el castigo merecido para una práctica periodística poco rigurosa o malintencionada. Yo mismo he sido procesado y querellado dos veces por un exministro cuya carrera pública resumí en un libro. En el Perú, los "delitos de prensa" o contra el honor, aún no se han despenalizado, como sí ha ocurrido en la mayoría de países del continente. Estos se instruyen con un artículo del Código de Procedimientos Penales de la primera mitad del siglo pasado tan desfasado como inútil. Son procesos sumarísimos, dice la norma, que deben terminarse en diez días. Al mismo tiempo, el sistema permite invocar la Excepción de la verdad, esa institución del Derecho Penal que obliga a los jueces a hacer todas las diligencias necesarias para establecer si lo que dijo o escribió un periodista corresponde o no a la verdad. Imposible hacerlo en diez días. A los políticos corruptos solo les interesa obtener, a cualquier precio, una sentencia contra el periodista que los puso en evidencia, en la equivocada creencia que será como un certificado de buena conducta que borre su prontuario. A muchos jueces no les interesa reparar en justicia algún honor mancillado. Salvo algunas excepciones, nuestros jueces o son abogados timoratos, fácilmente presionables y corrompibles o ignorantes consuetudinarios de la doctrina, jurisprudencia y las normas procesales básicas. O sea que estarían dispuestos a cambiar una sentencia por la capacidad de gasto que su sueldo nunca les daría. O, tal vez, les gusta más esos 15 segundos de fama que les da sentenciar a un personaje público.