Emiten normas para facilitar recaudación

Regulan el uso de comprobantes electrónicos y exoneran de IGV la venta de bienes a extranjeros.
Agilizan pagos a la Sunat. (USI)

La representación impresa de los comprobantes de pago y de las notas de crédito y de débito emitidas en forma electrónica –es decir vía Internet– tendrá un efecto tributario, según la modificación del Decreto Ley Nº 25632, publicada ayer en el diario El Peruano.

Estos cambios a la Ley de Comprobantes de Pago forman parte del paquete de normas que el Poder Ejecutivo emitirá en el marco de las facultades legislativas en materia tributaria que el Congreso le otorgó por 45 días.

También se publicaron decretos legislativos para agilizar el pago de las obligaciones y para simplificar la presentación de la declaración jurada.

Otra de las normas establece que la mercancía declarada en abandono legal o voluntario será destinada a entidades públicas en casos de estado de emergencia y que estará exceptuada del requisito de publicación o notificación a los propietarios.

El tercer decreto señala que la venta de bienes a no domiciliados estará exonerada del pago de IGV, al ser considerada una exportación.

SABÍA QUE

- Desde julioLos tres decretos tributarios regirán desde el 1 de julio.

- Informe de aportesSe obliga a que las empresas entreguen a los trabajadores el reporte de los descuentos por sistema de pensiones junto con los certificados de retenciones por IR.

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