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Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Fabiana Sánchezfsanchez@peru21.com

Los trabajadores y los empleadores que deseen la devolución de sus impuestos ya no necesitan acudir a las oficinas de la Sunat. La superintendencia ha establecido que este reembolso puede solicitarse vía Internet.

Todas las personas o empresas que tengan un exceso de pago después de deducir sus créditos o que hayan pagado algo que no debían por sus rentas de primera, segunda, cuarta y categoría mixta (cuarta y quinta) tienen el derecho a una devolución.

Para hacer la solicitud, deben ingresar a www.sunat.gob.pe y presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) utilizando el formulario virtual N° 669 o PDT 669.

Hay un enlace en la Declaración Anual. Seleccione la opción "devolución" y podrá ejecutar su "pedido", precisa la Sunat.

CÁLCULOSLa Gerencia Legal de la Cámara de Comercio de Lima informa que, para saber si le corresponde el retorno de su dinero, debe sumar los recibos que emitió en 2011 y aquellos a los que se les retuvo el 10% mensual. Si el resultado es menor que S/.31,938, tiene derecho al reembolso del porcentaje que tributó.

CONSEJOS

1. COBROLa Sunat le enviará un correo avisándole si procedió su reembolso. Acérquese al Banco de la Nación para cobrar su dinero.

2. ATENCIÓNEl proceso de devolución de impuestos en Internet se puede realizar de lunes a domingo, las 24 horas del día.

3. REQUISITOEl reembolso de su dinero por concepto de IR debe ser solicitado una vez que presentó su declaración anual.

4. PAGOSEl cronograma de pago del IR lo verá en

5. INFORMESSi tiene alguna consulta, puede llamar a los teléfonos 0-801-12-100 o 315-0730. Atienden hasta la medianoche.