Las empresas debe informar a los usuarios que tienen la posibilidad de instalar filtros al establecer la relación contractual con el servicio. (Foto: Difusión)
Las empresas debe informar a los usuarios que tienen la posibilidad de instalar filtros al establecer la relación contractual con el servicio. (Foto: Difusión)

El Pleno del aprobó con 103 votos a favor, el proyecto de Ley N.º 00826, el cual obliga a las empresas operadoras del a comunicar a sus usuarios que tienen la posibilidad de implementar filtros gratuitos para el bloqueo de páginas de contenido pornográfico y/o violento.

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La iniciativa legislativa, que modifica la Ley N.° 30254, “Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las tecnologías de la información y comunicaciones por niños, niñas y adolescentes”, fue presentada por el despacho de la congresista Susel Paredes con el apoyo técnico de CHS Alternativo.

La propuesta exige también que los propietarios, administradores o encargados de establecimientos que brinden servicios de internet, ya sea gratuito o en alquiler, cuenten con registros y filtros mínimos para que no se pueda acceder a páginas, contenidos o información pornográfica. Asimismo, asigna responsabilidades a los gobiernos regionales y municipales respecto a sanciones en caso de incumplimiento.

Una encuesta nacional, efectuada por el Instituto de Estudios Peruanos (IEP), por encargo de CHS Alternativo, concluyó que, de los 7 millones 165 mil personas menores de edad que existen en el Perú, más de 800 mil niñas, niños y adolescentes recibieron mensajes con fines de explotación sexual. También, se calcula que el 4% (280 mil niñas, niños y adolescentes) recibieron un ofrecimiento para tener relaciones sexuales en línea, y al 7 % (501 mil niñas, niños y adolescentes) les pidieron una foto o video mostrando su cuerpo.

Ricardo Valdés, director ejecutivo de CHS Alternativo, saludó la aprobación del proyecto de ley y señaló que “es un avance significativo en la lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”. Agregó que las empresas deben mostrar su compromiso en acciones concretas, pues existe evidencia de las situaciones de violencia sexual que vivieron niños y adolescentes, a través de las redes sociales, durante el confinamiento. “Los riesgos existen y nuestro deber, como sociedad civil y Estado, es protegerlos. Lo que sigue es garantizar el cumplimiento de esta ley y ejercer una labor fiscalizadora”.

CHS Alternativo hace una exhortación al Ejecutivo a reglamentar esta ley en el plazo estimado de 90 días, como lo señala la propuesta, y que las nuevas gestiones de los gobiernos regionales y municipales garanticen el cumplimiento de la norma. Asimismo, hace un llamado para que las empresas proveedoras de Internet cumplan con sus responsabilidades, con el objetivo de proteger a niñas, niños y adolescentes.

Datos

  • El Perú no cuenta con cifras oficiales sobre la explotación sexual en niñas, niños y adolescentes. Sin embargo, reportes de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas – FISTRAP señalan que, entre enero y julio del 2022, el 35% de las víctimas de este delito fueron menores de 18 años.
  • Un ciber patrullaje realizado por CHS Alternativo evidencia que tratantes y explotadores encontraron en redes sociales y videojuegos un nuevo canal de captación de menores con fines de explotación sexual.
  • Un documental de CHS Alternativo recoge los testimonios de niñas, niños y adolescentes de Lima y Loreto respecto a las situaciones de riesgo en Internet que vivieron durante el confinamiento. El documental puede ser visto .


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