Víctor García Toma cuestiona que Congreso debata norma que permite leer e-mails de empleados. (Perú21)
Víctor García Toma cuestiona que Congreso debata norma que permite leer e-mails de empleados. (Perú21)

Redacción PERÚ21

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El Ejecutivo buscó una salida ante la sorpresiva remoción inicial de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez, y esa fue plantear declarar en emergencia el Ministerio Público (MP). ¿Qué tanto ayudaría esa medida? Responde, en esta entrevista, Víctor García Toma.

¿Este proyecto del Ejecutivo es clave para la reestructuración del MP?
Hay una crisis en el sistema judicial y uno de los actores es el MP. ¿Cómo afrontar esta crisis? La Constitución, en su artículo 137, establece las circunstancias en las que puede haber medidas de excepción. Ahí está el estado de emergencia, pero no existe una norma expresa de la Constitución para las emergencias institucionales. Una prueba de ello es que hemos afrontado serios problemas en gobiernos regionales, como Áncash o Callao, y no se pudo decretar un estado de intervención.

Entonces, ¿a través de qué mecanismo se debería reorganizar a la Fiscalía?
El MP se rige por el artículo 151 y subsiguiente de la Constitución. Ahí se dice que los mecanismos para remover a un fiscal son la infracción y la acusación constitucional por la comisión de delito en el ejercicio de la función. Y luego la ley orgánica hace referencia a la falta disciplinaria. Salvo el caso del fiscal Chávarry, que tiene cuatro denuncias en el Congreso y se podría habilitar su tramitación, en el resto de los miembros de la Junta de Fiscales no existiría amparo legal para esa situación.

Pero declarar en emergencia el MP es una medida importante y urgente.
De acuerdo en que nos preocupemos en salvar al MP de la situación en que se encuentra. Una parte de la solución la tiene el Congreso tramitando las denuncias constitucionales. En lo relativo a que parte de la Junta de Fiscales tiene cuestionamientos y, en general, el funcionamiento del MP no es el que requiere la ciudadanía, sí se requiere y amerita una atención normativa que podría pasar por una modificación de la ley orgánica del MP.

La propuesta del Ejecutivo también abarca la modificación de la ley orgánica del MP.
Si la norma está dirigida a hacer modificaciones a la estructura, organización y funcionamiento del MP, perfecto. Si, luego de eso, se tienen que dictar medidas transitorias en lo que se refiere a nombramientos, perfecto; pero lo básico es la estructura, la organización y el funcionamiento del MP.

De aprobarse el proyecto no solo saldría Chávarry sino también los demás fiscales supremos. Entraría en funciones una Junta Transitoria.
Ahí viene el problema. Yo no puedo dictar una medida de emergencia si es que previamente no he cambiado la estructura. Si lo hago, sigue siendo vigente la atingencia siguiente: sigo nombrado y tengo un título de lo que era el CNM y no estoy ni sujeto a periodo de ratificación ni tengo un proceso disciplinario abierto; en consecuencia, no cabe mi remoción. Entonces, habría que cambiar la ley y luego en las disposiciones transitorias decir que a partir de la fecha cesan las personas que ejercían en el cargo, pero no a la inversa.