Acciones. Jurista señala que el fallo judicial se debe acatar. (USI)
Acciones. Jurista señala que el fallo judicial se debe acatar. (USI)

Nueve meses después de que recibiera el humanitario del entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK), el Poder Judicial anuló este beneficio y ordenó que Alberto Fujimori vuelva a prisión. La decisión, que generó un remezón político, es objeto de análisis por parte del jurista .

¿Se anula el indulto o se declara inaplicable? ¿Cuál es el término jurídico?
No, el indulto ha sido declarado nulo. Los efectos de esta nulidad son que el señor Fujimori queda obligado al cumplimiento de lo restante de la pena y para eso se ha determinado su captura. Esta situación se mantendrá hasta lo que determine la segunda instancia, que es donde finalmente culmina el proceso.

¿La apelación no detiene su captura y reclusión en un penal?
No, el recurso impugnatorio, que seguramente va a presentar el abogado de la defensa, no enerva la obligación de las autoridades policiales de capturar al ingeniero Fujimori.

¿Está de acuerdo con los argumentos esgrimidos por el juez para revocar el indulto?
El primer punto en cuestión era si el juez supremo que ha dictado la resolución era el competente para resolver esta materia, por cuanto no existe un procedimiento concreto para tramitar las solicitudes de los accionantes, de los parientes de las víctimas. Incluso, si uno revisa la resolución de la Corte IDH, todo indica que había una orientación a que este caso sea visto por la vía del amparo, y prueba de ello es que se invoca la jurisprudencia del TC en el sentido de que, en esta vía, ya en oportunidades anteriores se habían resuelto problemas vinculados a la sentencia.

Pero, a su juicio, ¿tiene sustento el juez Hugo Núñez Julca para resolver de esta manera?
La argumentación que da el juez existe, pero desde mi punto de vista no es convincente, es controvertido. El segundo tema es el hecho de que en varias partes de la sentencia se hace referencia a que este indulto habría estado vinculado al tema de la vacancia y posterior renuncia de PPK, y en el cual habría habido una negociación o pacto con algún sector de Fuerza Popular. Otro aspecto que se menciona es que el procedimiento administrativo se habría dañado porque se habrían cometido algunas infracciones.

Se dice que se tramitó con una celeridad inusitada, en comparación con otros casos de solicitud de indulto en el Perú.
En todo caso, desde mi punto de vista, esas infracciones no eran relevantes. Pero sí se dice que hubo un manejo desprolijo del trámite. Luego hay algunas aseveraciones al tema de la calificación del delito. En la sentencia, y así lo ha dicho el propio TC, se ha condenado al ingeniero Fujimori por un crimen de lesa humanidad, pero eso es irrelevante para el otorgamiento de un indulto humanitario.

Entonces, ¿no ve motivación suficiente?
Diría que hay una motivación, pero por tratarse de una decisión en la que se vuelve a privar de la libertad a una persona, no es suficiente. El TC, en el caso de Giuliana Llamoja, ha señalado que la motivación debe ser muy intensa y, desde mi punto de vista, si bien hay argumentos y razones, estas no son del todo convincentes ni sólidas. En todo caso, la sentencia tiene que cumplirse y hay que estar a la expectativa de lo que resuelva la sala que verá la apelación.

¿En cuánto tiempo se sabría el resultado de ese recurso?
Mire, en realidad el trámite ha sido relativamente rápido, en tres o cuatro meses. Me parece que ahora podría ser un periodo igual. Lo otro, que es coincidente, es que lamentablemente este juez ha tenido el poco tino de publicar esta sentencia en un momento complicado para el país. Eso no tiene nada que ver con el mundo del Derecho; tiene que ver con el mundo de la política. Hay una fuerte división entre Ejecutivo y Legislativo, hay una crítica inicial, un grave desaliento ciudadano respecto a los actores políticos, y esto no ayuda a bajar el clima de tensión; por el contrario, lo acrecienta y abre un nuevo frente entre los fujimoristas y antifujimoristas.

De no ganar en la apelación, ¿adónde podría recurrir la familia de Fujimori?
Puede llegar al TC e, incluso, aunque parezca curioso, podría recurrir al propio sistema interamericano, que es para todos. Digamos, terreno jurídico para avanzar hay bastante, pero todos tienen que ser conscientes de que el juez ha tomado una decisión y esta ordena la recaptura y reconducción a un centro carcelario y eso tiene que cumplirse.

Hay otros implicados en el indulto: PPK, su ministro de Justicia, la Comisión de Gracias Presidenciales, la Junta Médica... ¿Ellos podrían ser comprendidos en un proceso judicial tras este fallo?
Este es un proceso que quedó culminado. No se podrían adelantar consecuencias colaterales a los que han participado en el indulto. A la fecha, lo único cierto y concreto es que hay una medida de control de convencionalidad que ha determinado lo que acabamos de conversar y esto es objeto de impugnación. Hasta ahí, eso es lo cierto, lo real y lo concreto, todo lo demás es una especulación.

Pero, por ejemplo, PPK ya está siendo investigado por la compra de votos.
En la resolución se habla de infracciones administrativas. Nadie habla de una acción dolosa, hasta donde sé. No hay una imputación de que se dio un acto deliberado, consciente, concertado, en el que otorgaron el indulto contra el ordenamiento jurídico. La sentencia no está planteada en esos términos.

TENGA EN CUENTA

- El 24 de diciembre de 2017, se conoció que el entonces presidente PPK le concedió un indulto humanitario a Alberto Fujimori.

- Tres días antes, Kuczynski se había salvado de ser vacado en el Congreso gracias a los votos del bloque fujimorista de Kenji Fujimori.

- Poco tiempo después, PPK renunció al cargo y Kenji fue suspendido del Congreso por negociar votos.