El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la primera disposición complementaria transitoria de la Ley 31973, Ley que modifica la Ley Forestal y de Fauna silvestre y aprueba disposiciones complementarias a orientadas a promover la zonificación.
El máximo intérprete de la Constitución indicó en los considerandos que la norma admite el aprovechamiento de los recursos naturales incumpliendo con las obligaciones estatales sobre la preservación del ambiente y la promoción del uso sostenible de estos recursos.
La segunda disposición complementaria también fue declarada inconstitucional debido a que contiene una prohibición aplicable a las áreas en trámite de reconocimiento, titulación o ampliación por parte de las comunidades campesinas y nativas, así como los pueblos aislamiento sin que la decisión legislativa haya pasado por un proceso de consulta previa.
El Tribunal Constitucional exhorta a la autoridad competente a que emita las normas para la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones de reserva mínima, indicadas en el artículo 38 de la Ley 29763, así como el establecimiento de sanciones ante su incumplimiento.
El fallo obtuvo el voto de los magistrados Luz Pacheco, Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, Manuel Monteagudo, César Ochoa y Pedro Hernández. Los magistrados Helder Domínguez Haro y Manuel Monteagudo emitieron votos singulares.
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