(USI)
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Redacción PERÚ21

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El (TC) dejó sin efecto, por unanimidad, la orden dada por el anterior colegiado al (CNM) de nombrar a don como fiscal supremo, decisión que obedece al hecho de haberse acreditado la vulneración de la cosa juzgada y la afectación de las competencias constitucionales del CNM.

Cabe indicar que esta situación tiene su origen en el concurso para nombrar fiscales supremos que realizó el CNM entre setiembre de 2010 y enero de 2011. En ese proceso de selección, Castañeda estaba entre los tres primeros puestos en orden de méritos, pero fue descartado por denuncias periodísticas. Este consideró que esa disposición fue arbitraria e interpuso recursos legales que terminaron en el TC.

En ese sentido, el TC declaró que el CNM cumplió con motivar de modo suficiente su decisión de no nombrar a Castañeda como fiscal supremo, por lo que ha dispuesto el archivo definitivo del presente proceso.

El TC sustentó su pronunciamiento en el respeto irrestricto que se debe exhibir ante las competencias exclusivas que están reservadas al CNM de nombrar fiscales, lo que, a su vez, determina la imposibilidad jurídica de que un juez se arrogue dicha facultad.