Sentencia contra Arzubialde respalda pedido para que Lamsac asuma perjuicio económico por aumento de pasajes

La Procuraduría apelará el fallo respecto al monto de S/. 100 mil de reparación civil contra Arzubialde, pues considera que el beneficio otorgado a Lamsac asciende a S/. 10 millones y el daño total debe ser asumido también por la empresa.
Domingo Arzubial de Elorrieta

La reciente sentencia contra Domingo  Arzubial de Elorrieta, ex gerente de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de Lima, fortalece la posición de la Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato para que la empresa Lamsac responda civilmente por el irregular aumento de los peajes en el proyecto Línea Amarilla.

Así lo señala el procurador ad hoc Jorge Ramírez, quien resalta que la Procuraduría apelará el fallo respecto al monto de S/. 100 mil de reparación civil, pues considera que el beneficio otorgado a Lamsac asciende a S/. 10 millones y el daño total debe ser asumido también por la empresa.

“A pesar de que vamos a apelar la sentencia porque no estamos del todo conformes con ella, este fallo de la jueza Nayko Coronadosí reconoce que las gestiones del señor Arzubial de Elorrieta para que se aumente de manera irregular la tarifa de los peajes, contribuyeron a que la empresa LAMSAC obtenga una ganancia de S/. 10 millones a costa del perjuicio al Estado y los ciudadanos”, afirma Ramírez.

El defensor del Estado sostiene que este argumento respalda el recurso de casación que la Procuraduría ad hoc ha interpuesto ante la Corte Suprema, otra instancia del Poder Judicial, con el fin de que Lamsac sea incluida como tercero civilmente responsable en este mismo caso.

Con ello se busca que Lamsac, que tuvo una participación activa en los hechos, asuma de manera solidaria el pago de la reparación civil que finalmente se imponga en el referido proceso penal.

De acuerdo a la acusasión fiscal, Arzubial de Elorrieta aplicó de manera indebida la fórmula contemplada en el contrato de concesión para el reajuste de la tarifa de peaje.

No obstante, el funcionario municipal aprobó un reajuste con una fórmula distinta, propuesta precisamente por la empresa Lamsac, lo cual permitió que la compañía obtenga mayores ingresos a los permitidos según el contrato: S/. 10 millones.

Para la Procuraduría ad hoc, el perjuicio económico total en este caso asciende a S/. 17 millones: S/. 10 millones de daño patrimonial y S/. 7 millones de daño extrapatrominial. Sin embargo, la jueza Coronado le impuso a Arzubial de Elorrieta sólo S/. 100 mil de reparación civil como daño extrapatrominial.

El procurador Ramírez apelará la sentencia respecto a este extremo, pues sostiene que el perjuicio es inmensamente mayor y debe ser considerado de manera integral, con lo cual espera que próximamente Lamsac sea incluida por la Corte Supremacomo tercero civilmente responsable,para que asuma de manera solidaria dicho pago junto a Arzubial de Elorrieta.

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