Ricardo Herrera, abogado laboralista
Ricardo Herrera, abogado laboralista

Los congresistas no pueden favorecer la contratación de una persona, y si lo hacen, les pueden abrir un proceso en la Comisión de Ética del Congreso

Hay cargos que son de confianza y en los que ellos mismos eligen a quienes los ocuparán, pero si interfieren en otros puestos, sí estarían cometiendo la falta. 

En cuanto a lo que ha sucedido con la no renovación del contrato, no es un acto ilegal porque dichos contratos son temporales.

Al momento en que el colaborador y el empleador firman esos documentos, saben que hay una fecha en el que finaliza y, por lo tanto, no hay reclamo.
Por otro lado, está el tema del nepotismo, mediante el cual yo tengo la posibilidad de decidir la contratación, o no, de un pariente mío. Si esto ha sucedido en el Congreso, se sanciona con el despido de ambos trabajadores. 

Puede darse el caso en algunas instituciones del Estado donde una persona tiene a un familiar trabajando, pero en un área distinta. Si no fue favorecido para ingresar, esto no califica como nepotismo y está permitido en algunos casos.