Santiago Martín Rivas, uno de los principales cabecillas del grupo Colina. (USI)
Santiago Martín Rivas, uno de los principales cabecillas del grupo Colina. (USI)

Redacción PERÚ21

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La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema rebajó las penas que la Primera Sala Penal Especial había dictado contra los principales cabecilla del grupo Colina, entre los que están , , y , al haber anulado los delitos de homicidio calificado y lesa humanidad que se les había imputado.

Así lo informó el presidente del citado tribunal supremo, , quien indicó que la decisión que tomó la sala que lidera se ajusta a ley y siguió las recomendaciones del Tribunal Europeo, debido a que las sentencias que se aplicaron en primera instancia –tras más de 11 años de proceso– se dictaron sin que haya una denuncia fiscal, lo cual –dijo– es una "condena de oficio".

"En aplicación de la compensación por la excesiva demora del procedimiento, y siguiendo las recomendaciones del Tribunal Europeo, hemos hecho en efecto una disminución de pena en las principales cabezas (del grupo Colina), de 25 a 20 años y en algunos casos de 25 a 22 años", comentó el vocal supremo en Canal N.

Montesinos y los exgenerales Hermosa Ríos, Julio Salazar y Juan Rivero vieron su pena rebajada de 25 a 20 años de cárcel, los militares Santiago Martin Rivas y Carlos Pichilingue, que encabezaron el escuadrón de la muerte, de 25 a 22 años y otros miembros de esa organización de 20 a 17 años.

"Al ser condenados sin denuncia fiscal, hemos tenido que declarar nulo ese juicio, hemos tenido que anular la imputación de asociación ilícita para delinquir en la mayoría de las cabezas de este caso y en otros hemos declarado prescritos los delitos porque el juicio ha demorado tanto que ya las imputaciones prescribieron", agregó.

Asimismo, Villa Stein informó que se absolvió y ordenó su inmediata excarcelación al coronel Segundo Pinto Cárdenas, exjefe del SIE capturado en 2008. "No estaba comprendido en los delitos de asociación ilícita ni en asesinato y, en consecuencia, lo hemos absuelto", anotó.

RETIRAN LESA HUMANIDADEl titular de la Sala Penal Permanente alegó que se decidió por mayoría anular el delito de lesa humanidad de la sentencia porque los miembros grupo Colina "no perpetraron sus crímenes en el marco de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, como lo establece expresamente el tipo penal del Estatuto de Roma vigente para el Perú a partir del 2003, es decir, fuera de la época (en que se perpetraron las matanzas) pero de aplicación retroactiva cuando favorece al reo".

"Lo que sí queda claro es que estos crímenes sí son delitos contra los derechos humanos, pero no todo delito contra los derechos humanos es delito de lesa humanidad. Todo delito de lesa humanidad es delito contra los derechos humanos, pero no al revés, es un tema técnico que lo recoge el Estatuto de Roma", subrayó el vocal.

Villa Stein evitó ahondar en la posibilidad de que, con este fallo, al no haber delitos de lesa humanidad, los miembros del comando de aniquilamiento se podrán acceder a beneficios penitenciarios y salir libres antes de que cumplan sus condenas. "Suponemos que puede haber algún tipo de ventaja (…) pero pareciera que los beneficios penitenciarios se activan inmediatamente", indicó.

NO HAY AUTORÍA MEDIATAAsimismo, el juez indicó que en su fallo rechazaron el "concepto teórico" de la autoría mediata, al alegar que, por la formación militar de los implicados, es imposible que hayan actuado a titulo personal. "Nosotros creemos que todos los que han actuado en ese caso han compartido roles, ha habido distribución del trabajo y ha habido un codominio del hecho y en consecuencia no hay autoría mediata", alegó.

Consultado sobre si este extremo de la resolución beneficia al expresidente Alberto Fujimori, sentenciado por delitos de lesa humanidad, al ser considerado coautor mediato de los crímenes de la Cantuta y Barrios Altos, Villa Stein dijo que el fallo contra el exmandatario no es vinculante.

"Para nosotros no existe, en el caso concreto del grupo Colina, autoría mediata y tampoco existe lesa humanidad ¿Cómo va a repercutir esto en otra sentencia (en la de Fujimori)? Ese es otro asunto que tendrá que ser estudiado por la comunidad jurídica", anotó. "Es un tema que tendrá que se debatido por los teóricos de esta materia y los abogados de las partes tendrán que analizar las ventajas y desventajas de este hecho", insistió.