En caso la Sala Penal de Apelaciones dé la razón al pedido del fiscal Vela, la medida en contra de Keiko Fujimori quedaría consentida, por lo que no podría apelar la misma en otra instancia del Poder Judicial. (Foto: GEC)
En caso la Sala Penal de Apelaciones dé la razón al pedido del fiscal Vela, la medida en contra de Keiko Fujimori quedaría consentida, por lo que no podría apelar la misma en otra instancia del Poder Judicial. (Foto: GEC)

El fiscal superior, coordinador del equipo especial del caso Lava Jato, solicitó este miércoles al Poder Judicial que se realice un segundo control de admisibilidad de apelación presentada por la defensa Keiko Fujimori ante la Sala Penal de Apelaciones

El documento explica que el recurso presentado en contra de la orden de prisión preventiva por 15 meses a Fujimori Higuchi fue entregado después de transcurrido el plazo de ley.

“Esta fiscalía superior requiere a la Sala Penal de Apelaciones [...] que al amparo de lo prescrito en el Código Procesal Penal [...] se resuelva declarar por inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Keiko Fujimori en la resolución del 28 de enero del 2020”, se lee en la resolución difundida por Canal N.

Cabe destacar que en caso la Sala Penal de Apelaciones dé la razón al pedido del fiscal Vela, la medida en contra de Keiko Fujimori quedaría consentida, por lo que no podría apelar la misma en otra instancia del Poder Judicial.

Este pedido se da a conocer un día después de que la abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, anunció a través de su cuenta de Twitter, que el Poder Judicial declaró improcedente el pedido de nulidad presentado por el fiscal del equipo especial Laca Jato, José Domingo Pérez contra su recurso de apelación.

El fiscal Pérez Gómez había presentado un recurso para que se anule la aceptación a trámite de la apelación que planteó Giulliana Loza bajo el argumento de que esta se había interpuesto fuera de la fecha establecida en la ley.

Giulliana Loza presentó formalmente la apelación el lunes 3 de febrero, según alegó, por problemas administrativos. José Domingo Pérez consideró que este acto debía ser declarado nulo por haberse presentado fuera del plazo de tres días luego de la resolución de prisión preventiva.


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