Luego del fallecimiento del expresidente Alberto Fujimori, muchos se preguntan qué ocurrirá con la pensión vitalicia que se le otorgó en su calidad de exmandatario de la República, así como la deuda por reparación civil que tenía por pagar. ¿Se heredarán estos a sus hijos?
César Delgado-Guembes, abogado constitucionalista, fue consultado respecto a ello y aclaró que la pensión vitalicia podría ser heredado a sus deudos, sin embargo, solo por su cónyuge, descendientes menores o mayores de edad, pero susceptibles de tutela.
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"Ante esta situación tenemos la duda respecto al estado civil del señor Fujimori", precisó en una entrevista con RPP.
En ese sentido, indicó que en el DNI del expresidente aparece como "divorciado" de Susana Higuchi, sin embargo, la pensión vitalicia le podría corresponder a Satomi Kataoka “si Fujimori durante su estancia en Japón” se hubiese casado con ella.
“Si es que ella mantuviera el vínculo con el señor Fujimori lo que habría que esperar sería que se apersonara para solicitar esa pensión vitalicia demostrando que efectivamente existe un certificado matrimonial; no obstante, que en el DNI del señor Fujimori, para la ley peruana, él fuera una persona divorciada”, aclaró el letrado.
“Eso es lo que no sabemos y estaría pendiente de solución para a partir de la evidencia que se acumule respecto a la existencia o no de un matrimonio con una persona en el Japón”, concluyó.
Por otro lado, aseguró que, tras el fallecimiento del expresidente, los procesos penales que se hubieran iniciado o pretendan iniciar en su contra "han caducado", pues es "imposible condenar a una persona que ha muerto".
En consecuencia, el pago de la reparación civil que asciende a 57 millones de soles, que adeudaba al Estado peruano, queda sin efecto. Esto tras tres casos por los que fue sentenciado por el Poder Judicial.
“En materia del resarcimiento que ha sido consecuencia de procesos penales ya concluidos y en los que se le encontró responsabilidad al señor Fujimori también caducan”, indicó el abogado.
El resarcimiento, al no ser de carácter penal y de responsabilidad individual, no es delegable o heredable para sus hijos.
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