Es una crisis política seria. El presidente se enfrenta a un ya anunciado pedido de vacancia propuesto por el Frente Amplio (FA) que fue apoyado por otras bancadas y tuvo un total de 93 votos a favor.

Los miembros de las bancadas argumentan que el mandatario ha demostrado incapacidad moral para seguir gobernando, requisito que exige el artículo 113 de la Constitución Política para solicitar la vacancia del jefe de Estado.

La razón de proponer esta drástica medida es el reporte enviado por la empresa Odebrecht a la comisión Lava Jato del Congreso. En ese documento, la firma brasileña, que admitió haber desembolsado sobornos a funcionarios peruanos para adjudicarse obras públicas, compañía unipersonal de Kuczynski.

Las transferencias se hicieron entre 2004 y 2007, años en los que el actual presidente fue ministro de Economía, titular de Proinversión y premier. La contratación de Westfield Capital, detalló Odebrecht, se hizo para recibir consultorías en los proyectos Trasvase Olmos e Interocenánica Sur.

En distintas oportunidades, en una carta a la comisión Lava Jato y a través de un mensaje a la Nación, el mandatario negó haber tenido algún tipo de vínculo comercial y laborar con la constructora. Sin embargo, este reporte, en el que se consigan boletas de pago, ha puesto en duda su palabra.

De acuerdo al artículo 89-A del Reglamento del Congreso, estos son los pasos a seguir para concretarse la vacancia del presidente de la República:

  1.  El pedido de vacancia se formula mediante moción de orden del día, firmada por no menos del 20% del número legal de congresistas (no menos de 26 firmas). Se debe precisar fundamentos y documentos que acrediten la denuncia. Tiene prioridad en la discusión del Pleno.
  2. Recibido el pedido, una copia del mismo se remite al presidente de la República, a la mayor brevedad posible.
  3. Para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el 40% de congresistas hábiles (52 legisladores).
  4. El Pleno acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizar antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo. El mandatario puede ejercer personalmente su derecho de defensa o mediante un abogado.
  5. El acuerdo que declara la vacancia de la Presidencia de la República requiere una votación calificada no menor de los 2/3 del número legal miembros del Congreso (87 parlamentarios).
  6. La declaración que declara la vacancia se publica en el Diario Oficial El Peruano dentro de las 24 horas siguientes al de la recepción de la transmisión remitida por el Parlamento.
  7. La resolución que declara la vacancia rige desde que se comunica al vacado, al presidente del Consejo de Ministros o se efectúa su publicación, lo que ocurra primero.

Este nota fue publicada originalmente el 14 de diciembre de 2017. Actualmente ya se admitió el pedido de vacancia presidencial a Pedro Pablo Kuczynski..

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