Poder Judicial ordenó reponer a Inés Tello y Aldo Vásquez a la JNJ

También declaró inaplicable la inhabilitación por 10 años de ambos jueces. El abogado Omar Cairo informó que “la reposición de Tello y Vásquez va a seguir vigente hasta que la Corte Suprema se pronuncie, en tres o cuatro meses”.

Poder Judicial ordenó que sean repuestos en su cargo.

Actualización 02/07/2024 – 2:19

Casi cuatro meses después de haber sido suspendidos por el Congreso de la República, la Primera Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Lima ordenó reponer a Inés Tello y Aldo Vásquez como miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

La Sala también declaró inaplicable la inhabilitación por 10 años que recibieron los dos magistrados tal como lo había dispuesto un informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que los sancionó por faltas graves en el ejercicio de su función.

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“Disponemos poner en conocimiento del Ministerio Público, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados, cualquier acto de interferencia en el ejercicio independiente de nuestras funciones, de verificarse tal hecho”, dice el fallo en la parte final.

Como se recuerda, Vásquez y Tello fueron inhabilitados con los votos de miembros de la Comisión Permanente del Parlamento, a pesar de que estos estaban constitucionalmente inhabilitados. Para aprobar las propuestas legislativas, el pleno necesitaba 67 votos, ya que los 30 integrantes titulares de la Comisión Permanente, que aprobaron la denuncia constitucional en febrero pasado, no podían emitir su voto.

¿QUÉ DIJO EL ABOGADO DE INÉS TELLO?

Omar Cairo, abogado de Inés Tello, indicó en canal N que “si ella va mañana, puede empezar a trabajar como miembro de la Junta”.

Agregó que “esta sentencia, prácticamente, les permite completar su mandato”, que acaba en enero, junto con el de Aldo Vásquez.

“Es favorable para el país porque restituye la plenitud de la JNJ y pueden ejercer todas las competencias que la Constitución y la ley le reconoce. Ante esto, el Congreso puede apelar, pero se establece que en los procesos de amparo, la apelación no suspende la ejecución de la sentencia. La reposición de Tello y Vásquez va a seguir vigente hasta que la Corte Suprema se pronuncie, en tres o cuatro meses. El TC no puede intervenir porque el propio TC ya le reconoció competencia al Poder Judicial”, enfatizó.

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