Ollanta Humala y Nadine Heredia cumplen prisión preventiva. (Perú21)
Ollanta Humala y Nadine Heredia cumplen prisión preventiva. (Perú21)

Redacción PERÚ21

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La defensa legal del ex presidente Ollanta Humala y Nadine Heredia, ambos con prisión preventiva, pidió al fiscal Germán Juárez precisar si el colaborador N° 01-2015 y el colaborador N° 03-2015 son la misma persona. El pedido fue realizado en la investigación que se le sigue a la ex pareja presidencial por presunto lavado de activos.

En Twitter, Ollanta Humala difundió la solicitud fechada al 24 de noviembre con el siguiente mensaje: “Un colaborador no puede tener doble identidad. Constituiría una arbitrariedad corroborar el dicho de un colaborador con el otro, cuando se trata de la misma persona”.

La defensa legal de Humala Tassso recalca que la consulta ya le fue realizada a la Fiscalía anteriormente. Recuerda que el 16 de junio del 2016, el defensor legal de Rocío Calderón, amiga de la ex primera dama, tuvo la mista interrogante durante una audiencia de requerimiento de comparecencia restringida. La solicitud asegura que ella no tuvo respuesta.

“En el Requerimiento de comparecencia restringida contra mi patrocinada y otros del 8 de junio del 2016, se adjuntó como elementos de convicción las declaraciones de cuatro colaboradores eficaces, entre estas, las declaraciones del colaborador N° 01-2015 y del colaborador N° 03-2015, señalándose que la versión de uno se corroboraba con la versión del otro. Obviamente, constituye una arbitrariedad pretender corroborar un hecho con la versión de dos supuestos colaboradores, cuando en realidad se trata de solo uno”, menciona el documento.

El abogado de la pareja presidencial, Wilfredo Pedraza es quien firma la solicitud dirigida a Germán Juárez. El letrado pide que se fundamente las razones legales para las cuales un solo colaborador tiene doble identidad, en caso fuese así. 

La defensa hace hincapié en que “no es directa ni indirectamente obstruccionista (no impide nada), no es carente de sentido, ni pretende desconocer que la identidad de los colabores es y debe ser reservada o secreta”.