Mónica Saavedra fue electa congresista con 88 mil 743 votos en los comicios del pasado 26 de enero. (Foto: Facebook)
Mónica Saavedra fue electa congresista con 88 mil 743 votos en los comicios del pasado 26 de enero. (Foto: Facebook)

Redacción PERÚ21

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La congresista electa de , Mónica Elizabeth Saavedra Ocharán, no consignó en su declaración jurada de hoja de vida sobre una sentencia firme en su contra por violencia familiar.

Según 'Cuarto Poder', el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 ha solicitado a la Fiscalía que actúe de acuerdo a ley, pues considera que la parlamentaria electa habría cometido omisión y falsedad.

Saavedra Ocharán, como lo estipula el Reglamento del Legislativo, presidirá la Junta Preparatoria del nuevo Parlamento, por ser la legisladora que obtuvo la mayor votación preferencial del partido con más curules alcanzadas.

Cuando Acción Popular presentó la lista de sus candidatos ante el JEE Lima Centro 1, Mónica Saavedra escribió en su declaración jurada que no tenía ningún fallo judicial en su contra. “Yo no aparecía en la mesa única de partes y pensé que era tema zanjado”, afirmó.

Sin embargo, la Corte Superior de Lima alcanzó una lista de todos los candidatos con procesos zanjados e informó al JEE de Lima Centro 1 que la candidata de Acción Popular, electa congresista con 88 mil 743 votos, registraba un fallo admitido por violencia familiar sin impugnación alguna.

Según información del Poder Judicial, el Segundo Juzgado de Familia Transitorio, hoy desactivado, abrió proceso contra Mónica Saavedra y Marco Antonio Soko Robles por violencia familiar y maltrato psicológico en perjuicio del hijo menor de ambos.

El caso fue resuelto en tribunales el 20 de noviembre de 2013 cuando se declaró fundada la demanda, la misma que quedó consentida el 03 de marzo de 2014. "Hubo una injusticia, yo demandé y terminé demandada", aseveró Saavedra Ocharán.

El JEE Lima Centro 1, no obstante, remarcó que la congresista no presentó recurso de impugnación y, por tanto, la decisión judicial quedó firme. El juzgado de familia ordenó terapias psicológicas individuales para los procesados e indicó que, al cumplirse dichas medidas de protección, el proceso se daba por concluido.

Además, el JEE Lima Centro 1 supo de la sentencia en contra de la congresista electa el 10 de enero del 2020, cuando el plazo límite para el retiro o exclusión de candidatos por omisión de información, en primera instancia, venció el 20 de diciembre del 2019.

Así las cosas, ahora el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 no tuvo otra salida que elevar el caso al Ministerio Público para que actúe de acuerdo a ley.