La titular del TC recalcó que el país atraviesa una coyuntura especial por la epidemia del COVID-19. (Foto: GEC)
La titular del TC recalcó que el país atraviesa una coyuntura especial por la epidemia del COVID-19. (Foto: GEC)

La presidenta del (TC), , afirmó que, de acuerdo a una interpretación del artículo 123º de la Constitución, le correspondería al presidente del Consejo de Ministros reemplazar temporalmente al jefe de Estado en vista de que ya no hay en este momento un vicepresidente.

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Fue al consultársele si hay un vacío legal respecto del reemplazante del presidente Martín Vizcarra tras la aceptación, por parte del Congreso, de la dimisión de a la vicepresidencia de la República.

“Si bien, textualmente, en la Constitución no hay una regulación expresa, uno puede hacer una interpretación en una coyuntura como esta. (...) Si estamos ante el supuesto de que tenga que retirarse (el presidente) por breve término o viaje, tendría que ser el presidente del Consejo de Ministros el que tendría que hacer ese reemplazo”, declaró en Ideeleradio.

citó puntualmente el artículo 123º de la Carta Magna, que establece que al primer ministro le corresponde ser, después del presidente, “el portavoz autorizado del gobierno” y, además, “refrendar los decretos legislativos, los decretos de urgencia y los demás decretos y resoluciones que señalan la Constitución y la ley”.

“Yo me inclinaría por entregarle la dirección transitoriamente, en esta coyuntura, al primer ministro en atención a la interpretación del artículo 123º porque, al fin y al cabo, de eso se trata en este caso: que lo no regulado lo interpretamos para darle una fórmula de solución”, subrayó.

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