Martín Vizcarra fue vacado como presidente de la República el pasado lunes 9 de noviembre. (Britanie Arroyo /@photo.gec)
Martín Vizcarra fue vacado como presidente de la República el pasado lunes 9 de noviembre. (Britanie Arroyo /@photo.gec)

La ponencia de la magistrada Marianella Ledesma, , concluye que se debe declarar fundada la demanda competencial del Ejecutivo, que requería definir estándares para que el Congreso proceda con la vacancia bajo la causal de incapacidad moral permanente. Pero hace más precisiones.

En el escrito, al que accedió Perú21, la presidenta del Tribunal Constitucional (TC) indica que los dos intentos de destitución, el de setiembre y noviembre, estuvieron “viciados de inconstitucionalidad”.

Respecto al primero, que se sustentó en el caso Richard Swing, Ledesma indica que el Legislativo “hizo un ejercicio irregular de su competencia” al recibir la moción de vacancia porque “esta se basó en hechos interpretables, sustentados únicamente en información periodística”.

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“Por tanto, dicho acto devino en inconstitucional, ya que, al no tratarse de hechos claramente determinados, el Presidente de la República no podía ejercer una debida defensa a su favor a fin de demostrar que en su caso no se había configurado el supuesto de incapacidad moral”, argumenta.

Sobre el segundo intento, sostenido en los presuntos sobornos que habría recibido Vizcarra siendo gobernador regional de Moquegua, indica que en el debate se incorporaron temas que no eran inicialmente de discusión, como el mal manejo de la pandemia.

“Al no tratarse de hechos claramente determinados, no permitía que quien ejercía la Presidencia de la República pudiese ejercer una debida defensa a su favor”, precisa la ponencia.

Vizcarra Cornejo, como se sabe, fue vacado del cargo el pasado lunes 9 de noviembre.

Evaluación de la realidad

Ledesma, además, concluye que para impulsar la vacancia el Parlamento debe advertir que quien ocupa el cargo de presidente de la República debe generar “un notorio desequilibrio social”.

“La valoración del Congreso sobre su verificación, no puede hacerse al margen de interpretar un sentimiento social que mayoritariamente y de forma patente ha consolidado un repudio hacia la figura presidencial, haciendo insostenible para la estabilidad social y el orden público su mantenimiento en el poder”, agrega.

En esa línea sostiene que una forma de reflejar la gravedad de los hechos que se imputan al mandatario es que el número de votos exigible en el Congreso sea de 4/5 del número legal de Congresistas. Actualmente, con 130 parlamentarios, esa cifra se representa en 104 votos.

Como este diario informó, la titular del TC no se pronuncia sobre la destitución de Vizcarra y plantea declarar improcedente el pedido para garantizar su continuidad como jefe de Estado.

Mañana es la audiencia en la que los procuradores del Ministerio de Justicia y del Congreso presentarán sus alegatos orales. Al día siguiente, los siete magistrados deliberarán sobre la ponencia de Marianella Ledesma.


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