La aprobación por insistencia de la denominada 'Ley Mordaza' en el Congreso de la República ha generado diferentes reacciones en las bancadas del Parlamento, así como la ya conocida desaprobación por parte del Ejecutivo, que en la víspera se mostró en contra de dicha norma.
En diálogo con Perú21, el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga sentenció que la propuesta legal aprobada es "groseramente inconstitucional".
"Viola cuando menos tres derechos fundamentales. El primero de ellos se encuentra en el artículo 62 de la Constitución que habla de la libertad de contratar que tenemos todos los ciudadanos públicos y privados personas jurídicas o naturales para contratar bienes lícitos", explicó a este diario.
Agregó que se con esta "ley de prohibición absoluta" se considera que la publicidad del Estado en los medios de comunicación es un bien ilícito.
"Viola la libertad de información porque priva la ciudadanía de la información que la administración pública le puede dar no solamente por el Ejecutivo", comenta.
En tercer lugar, el principio de libertad de prensa se ve afectado de manera indirecta "al quitarle una fuente de ingresos a los medios de comunicación", la cual —sostiene— los coacciona para "que no puedan ejercer su labor de una manera apropiada".
Esto significa, al parecer del especialista "que esa ley ya no puede regresar" al Ejecutivo antes de ser promulgada pues ya fue observada y será "publicada directamente por el presidente del Congreso (Luis Galarreta)" en el Diario Oficial El Peruano.
Sin embargo, apuntó que una vez publicada, dicha norma puede ser objeto de una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
"En sede del TC la sentencia tiene efectos derogatorios directos y no es susceptible de apelación, por eso se dice que es un proceso uninstancial de puro derecho, un proceso de subsunción, en donde la norma dubitada se subsume en la Constitución y de ahí salen dos conclusiones", refirió.
Dijo que al final se podría determinar que la ley es inconstitucional y —de ser así— el TC puede derogar la norma publicando la sentencia, dejando sin efecto la 'Ley Mordaza' al día siguiente de dicha disposición del tribunal.