Julio Guzmán. (USI)
Julio Guzmán. (USI)

Redacción PERÚ21

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Una vez admitida la inscripción de la fórmula presidencial del candidato de Todos por el Perú, , por el Jurado Electoral Especial, corre un periodo de dos días para que cualquier ciudadano peruano pueda presentar una tacha contra esta. El plazo inicia a partir de la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano, es decir, jueves 25 de febrero. De presentarse alguna tacha, será resuelta por la misma instancia (JEE) en un plazo de tres días y por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en apelación.

La tacha es un recurso ciudadano que sirve para cuestionar a un candidato, a un integrante de la fórmula presidencial o lista congresal en un proceso electoral por razones expresamente contempladas en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). Solo puede formularse dentro de los plazos establecidos en el Cronograma Electoral, y debe pagarse un derecho de trámite (1 UIT por cada candidato que se quiera tachar), dinero que se devuelve si la tacha se declara fundada.

Según la LOE, en el caso de la plancha presidencial la tacha solo procede cuando se infringen los supuestos de los artículos 106, 107 y 108 de la ley. El primero alude a los requisitos para ser Presidente de la República (Por ejemplo, ser peruano, tener más de 35 años, gozar del derecho al sufragio y estar inscrito en la RENIEC); el segundo es un listado de quiénes no pueden postular a la presidencia o vicepresidencia (Por ejemplo, miembros del TC, del CNM, del Poder Judicial, del Ministerio Público, ministros que no renunciaron por lo menos seis meses antes de la elección, el cónyuge del Presidente en ejercicio, quienes tengan una sentencia privativa de libertad, entre otros); y el tercero es la prohibición expresa de que los candidatos a la Presidencia integren la lista congresal.

El pasado 14 de enero, por ejemplo, el JNE invocó uno de los supuestos del artículo 107 para no admitir la candidatura del padre del presidente Ollanta Humala, Isaac Humala, al cargo de segunda vicepresidencia de la plancha presidencial del partido político Siempre Unidos. Esta causal prohíbe que el cónyuge o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad del mandatario integren la plancha presidencial.

En el caso de Guzmán, según el experto en temas electorales, Fernando Tuesta, de presentarse alguna tacha, no procedería porque no se da ninguno de los supuestos contemplados en la ley. Si no se formulan tachas o se desestiman, procede la inscripción.