San Martín se enfrenta a dos poderes del Estado. (Luis Gonzáles)
San Martín se enfrenta a dos poderes del Estado. (Luis Gonzáles)

Redacción PERÚ21

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En pleno debate del Presupuesto General para 2013, el se saltó a la garrocha las atribuciones constitucionales del Ejecutivo y del Parlamento y "niveló" las remuneraciones de los magistrados de acuerdo con escalas y en función del cargo que desempeñan. Bajo esa premisa, un juez de paz letrado que recién ingresa a la carrera percibirá S/.10,920 (más que cualquier profesional con años de experiencia); un juez especializado y mixto, S/.12,480, mientras que un juez superior ganará S/.14,040, sin hacer distinciones entre titulares, provisionales o supernumerarios.

La disposición precisa que para hacer efectivos estos incrementos se requerirá al "para que proceda a asignar y transferir los recursos adicionales del Tesoro Público", y como para no dar pie a desacatos sentencia, en su parte considerativa, que "toda autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa emanadas de autoridad judicial".

PRESIONES Y ACUSACIONESLa presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso, , sostuvo que, al margen de que las demandas remunerativas de los magistrados puedan ser justas, "no es correcto que se utilice la autonomía en perjuicio del manejo del Estado". Dijo que lo ocurrido evidencia falta de comunicación entre el Ejecutivo y el Poder Judicial y expresó su extrañeza por la actitud del titular de la Corte Suprema, . "Espero que se rectifique; no es oportuna la forma ni el fondo (de la resolución), y tampoco es prudente que un presidente que termina su gestión deje un problema a su sucesor", dijo.

, por su parte, calificó como un "exceso" la disposición, y advirtió que está fuera de los cánones legales. "Si uno no tiene los resultados que espera no puede patear el tablero. San Martín está invadiendo fueros y, eventualmente, podría ser pasible de acusación constitucional", observó.

El legislador agregó que ninguna institución puede "por sí y ante sí" incrementar sus remuneraciones sin un marco presupuestal aprobado desde el Congreso". Reconoció la autonomía del PJ, pero aclaró que debe aplicarse en función del bien común y no a presiones.

DATOS

- Fuentes del Gobierno expresaron su incomodidad por la resolución del Poder Judicial, y advirtieron que esta afecta las competencias constitucionales tanto del Ejecutivo como del Congreso.

- La disposición desconoce los artículos 80º y 102º de la Constitución. El primero establece que el pliego presupuestal del PJ, entre otras instituciones, se tramita ante el Ministerio de Economía. El segundo precepto señala que es el Legislativo el encargado de aprobar el Presupuesto General de la República.