Alejandro Toledo (Perú21)
Alejandro Toledo (Perú21)

, ex ejecutivo de en el Perú, “comunicó” a los representantes de las empresas peruanas que formaron consorcio con Odebrecht la conversación sostenida con el entonces presidente y la necesidad de distribuir entre ellas US$15 millones para pagar los sobornos a fin de obtener la licitación del Proyecto Interoceánica Sur.

En la disposición fiscal de ampliación de investigación preparatoria contra los representantes de Graña y Montero, JJ Camet e Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A. (ICCGSA), a la que Perú21 tuvo acceso, se detallan los pasos de cómo es que se concretó el pago.

Barata reveló que “las empresas sí tenían conocimiento del acuerdo ilícito. Todo ello fue conversado con los miembros de los directorios de las citadas firmas, quienes asumieron la parte que les correspondía de los pagos ilícitos en la distribución de las utilidades, situación que se puede comprobar en los estados auditados”.

Alejandro Toledo
Alejandro Toledo

Graña y Montero S.A.A. cedió US$6 millones, JJC Contratistas Generales US$5 millones, mientras que Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A. US$3 millones.

Estos montos forman parte de los US$20 millones que Odebrecht entregó a Toledo a través de las empresas del empresario israelí Josef Maiman.
Según el testimonio de Barata ante el equipo especial del caso Lava Jato, los consorcios tenían conocimiento no detallado de las conversaciones (con el ex presidente), pero aceptaron la distribución del costo. Para la Fiscalía, este es el momento conclusivo del proceso de concertación.

INTERESES COMUNES
De acuerdo con el despacho de Castro, existe una coincidencia entre el interés del funcionario y el particular para conseguir un fin diferente al del Estado como gestor y administrador de los recursos públicos, vulnerando normas que precisamente buscan asegurar la asignación correcta de los fondos estatales.

En el marco de la fase de corroboración del proceso especial, con fecha 10 de marzo de 2017, Odebrecht hizo entrega a la Fiscalía de las actas de la Junta General de Accionistas de Conirsa SA (el consorcio integrado por la firma brasileña y las constructoras peruanas) sobre la distribución de utilidades, así como actas de la concesionaria Interoceánica Sur, tramo 3 SA.
La Fiscalía realizó diversos actos de corroboración que la llevaron a concluir que hubo una concertación para la distribución de las coimas. Incluso, precisa, se realizaron pericias que se encuentran plasmadas dentro del marco del proceso especial de colaboración eficaz de Jorge Barata.

El fiscal Hamilton Castro, a cargo del caso Lava Jato, precisa en el documento fiscal que el segundo momento de intervención de las empresas asociadas es cuando el Grupo Odebrecht efectuó cada una de las transferencias de dinero a Toledo vía empresas de Maiman, entre 2006 y 2010.

La tesis fiscal apunta a que en la comunicación de Barata con los asociados se concertaron para defraudar al Estado. Por ello, indica, la conducta de sus entonces representantes legales se subsume en el tipo penal de colusión.
En otro párrafo del documento se lee que si bien el dinero salía de las cuentas de las offshores dominadas por Odebrecht a las estructuras financieras de Maiman, no significa que sean las únicas firmas que intervinieron en dichos actos ilícitos.

En ese escenario, manifiesta que se podría interpretar que Odebrecht pagó la coima y los consorciados, luego, le entregaron la parte que les correspondía, pero “eso no fue así”, subraya la Fiscalía. Tanto el Grupo Odebrecht como los asociados asumieron el costo de las ventajas indebidas. (...) Desde un principio ese era el sentido de la distribución de su organización”.

Además, menciona que Odebrecht tenía la facilidad de contar con una estructura financiera internacional que permitía realizar pagos ilícitos y, por otro lado, existía la dificultad de parte de las asociadas de justificar la salida del dinero.

UTILIDADES ILÍCITAS
Para el equipo Lava Jato, las utilidades obtenidas por las empresas asociadas constituyen producto del delito de colusión en tanto fueron obtenidas no como resultado de un proceso respetuoso de los principios de transparencia, licitud y libre competencia, sino en razón de pactos ilícitos y al pago de comisiones indebidas. Ello constituiría actos de lavado de activos.

“La cesión de utilidades significó la disposición de esos activos bajo una apariencia de legalidad. Es decir, los denominados riesgos adicionales y/o mayores riesgos constituyen actos de conversión”, se lee.

Cabe recordar que en un inicio se pactó que se entregaría a Toledo, a través de las cuentas de Maiman, US$35 millones para que la obra IIRSA Sur se entregue a Odebrecht.

Para ello, Toledo se encargaría de que los plazos del proceso no se posterguen y que se modifiquen las cláusulas de las bases de licitación para impedir la participación de otras firmas. Finalmente, se pagó US$20 millones porque solo cumplió con el primero de los ofrecimientos.

TENGA EN CUENTA

- Alejandro Toledo tiene dos órdenes de captura, por el caso Ecoteva y Odebrecht.

- Desde febrero pasado, el ex presidente se encuentra prófugo en Estados Unidos.

- La Fiscalía de Lavado de Activos prepara la carpeta para acusar a Toledo por el caso Ecoteva.

- En reiteradas ocasiones, el ex mandatario ha negado haber recibido dinero de Odebrecht.