Mediante un oficio, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se dirigió al Congreso de la República para presentar un proyecto que modifique la Ley de Organizaciones Políticas.
Como se recuerda, según la Ley N° 28094, hasta el momento, los fundadores y directivos de partidos políticos sólo tenían que presentar una declaración jurada con un compromiso de vocación democrática.
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Sin embargo, de aprobarse el proyecto de ley presentado por el JNE, esto ya no sería suficiente. Ahora, tendrían que anexar una constancia de no tener ningún tipo de condena (efectiva o suspendida).
"Los fundadores y directivos del partido político no podrán estar condenados a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada", propone el Jurado Electoral.
Los tipos penales referidos serían los de terrorismo, apologia, tráfico ilícito de drogas, violación sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.
De no cumplir este nuevo requisito, propone la autoridad electoral peruana, el partido o agrupación podría perder su inscripción y su participación política de demostrarse que los candidatos lo sabían.
Esta iniciativa se fundamentaría en que los líderes políticos deberían cumplir los requisitos necesarios para ser "idóneos".
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