Apunta solo a las cabezas de los partidos, pero se olvida de los candidatos y del delito de asesinato. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó un proyecto de ley que establece que los fundadores y directivos de partidos políticos no deben haber sido sentenciados por terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación, peculado, colusión y enriquecimiento ilícito. No menciona, sin embargo, delitos igual de graves, como el homicidio.
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El JNE también se olvidó de incluir en su propuesta legislativa a los candidatos que cometen esos mismos graves delitos.
Perú21 dio a conocer, en julio pasado, que en el Pleno no fue aprobada la ley que prohíbe que, en general, los condenados por esos mismos graves delitos del proyecto del JNE, y además por casos de asesinato, puedan postular en las elecciones. No obstante, se decidió que la iniciativa vuelva a ser debatida, por falta de consenso, en la Comisión de Constitución. Esa tarea queda pendiente en dicho grupo de trabajo que estará presidido ahora por Fernando Rospigliosi (FP).
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La propuesta fue remitida por el JNE al titular del Legislativo, indicándole que la iniciativa surge por acuerdo del pleno del JNE, del pasado 2 de agosto.
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