JNE pide al Congreso aprobar ley que fortalece fiscalización a partidos políticos

Roberto Burneo asegura que norma debe aprobarse a la brevedad posible, ante proximidad de las elecciones generales de 2026.

Fecha de publicación: 19/05/2025 4:39 pm
Actualización 19/05/2025 – 4:54

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo, instó al Congreso de la República a aprobar el proyecto de ley destinado a fortalecer la fiscalización de los partidos políticos. Esta iniciativa permitirá suspender la inscripción de organizaciones en las que se detecten firmas con el mismo trazo gráfico.

El titular del organismo electoral aseguró que la medida contempla como excepción única la modificación de reglas electorales luego de haberse convocado el proceso electoral. En ese sentido, señaló que se busca aprobar antes de las elecciones generales de 2026, en las que se elegirá al presidente de la República y a los diputados y senadores para el periodo 2026 – 2031.

«Tengo confianza, por la empatía que han mostrado los legisladores frente a este tema, que le van a dar la prioridad del caso. Lo vienen haciendo en la Comisión de Constitución, donde participé, vi ese espíritu», indicó en una entrevista a Andina.

Burneo precisó que es sugerible que el proyecto se apruebe a la brevedad posible, debido a que los próximos comicios se encuentran próximos. «Al 23 diciembre, que es prácticamente a la vuelta de la esquina, se van presentar candidatos y allí existirá mayor preocupación de tocar los hitos electores», dijo.

El funcionario señaló que se busca fiscalizar permanentemente a los partidos políticos, desde el proceso de afiliación hasta el funcionamiento de comités, entre otros procesos. Estas inspecciones se llevarían a cabo de forma espontánea y sin previo aviso a la organización política.

«Lo que queremos es que las consecuencias jurídicas, así como las hay para cualquier otra persona jurídica frente a la comisión de delitos, se puedan dar para las organizaciones políticas a través de la implementación del artículo 105 del Código Penal, que establece, inclusive, que el juez puede disponer la cancelación misma de la persona jurídica, en este caso, de la organización política», precisó.

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