Mnistros de Justicia y Economia presentaron proyecto de ley ante el Parlamento.
Mnistros de Justicia y Economia presentaron proyecto de ley ante el Parlamento.

Redacción PERÚ21

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Ante el término de la vigencia del , este 14 de febrero, el gobierno presentó ante el Congreso un proyecto de ley que busca asegurar el pago inmediato de la reparación civil en casos de corrupción e incentiva la colaboración eficaz.

Los titulares de Economía y Finanzas, y de Justicia, Claudia Cooper y Enrique Mendoza, respectivamente, llegaron hasta la sede del Legislativo para explicar los alcances de la medida que reemplazará el mencionado decreto de urgencia.

Según mencionó el MEF, el DU 003 evitó que las empresas que habían cometido delitos se vayan sin pagar una reparación civil. Además, permitió retener montos de los proyectos que están en operación. Sin embargo, no ha permitido la continuidad de los proyectos.

"Buscamos reemplazar el DU 003. La cadena de pagos se rompió y muchas empresas se quedaron impagas. Ahora el Congreso definirá cuáles serán las reglas de juego para las constructoras peruanas. El Ejecutivo ha presentado este proyecto de ley, es necesario tener una nueva legislación", señaló la ministra Cooper.

Por su parte, Mendoza indicó que este proyecto de ley es una muestra de que el Estado debe reaccionar y mejorar sus herramientas.

LAS CLAVES DEL PROYECTO

1.- Establece una medida cautelar ad hoc, que sustituye medidas cautelares adicionales, para 3 tipos de empresas: condenadas o que han confesado; socias, asociadas o consorciadas; y empresas bajo investigación, que se pueden acoger voluntariamente.

2.- Busca el cobro inmediato de la reparación civil a favor del Estado y fomenta la colaboración eficaz y la continuidad de los proyectos.

3.- Respecto al cobro inmediato de la reparación civil a las condenadas o que han confesado, plantea retener un porcentaje no minoritario del precio de venta, que se irá a un fideicomiso a favor del Estado. También se propone prohibir las transferencias de capitales y dividendos al extranjero y asegurar el pago de obligaciones tributarias futuras.

4.-En cuanto a las socias, asociadas o consorciadas, asegura que el Estado cuente con un monto suficiente para cobrar la reparación civil que determine el juez mediante la constitución de un Fideicomiso de Garantía a favor del Estado. 

5.- Crea la colaboración eficaz de personas jurídicas que han sido utilizadas como vehículos para cometer actos de corrupción.

6.- Para acogerse al régimen, las empresas deberán brindar acceso a la información a la Fiscalía.

7.- Respecto a la continuidad de los proyectos, plantea brindar seguridad jurídica a los compradores respecto a los activos que están adquiriendo con lo que se fomenta la entrada de nuevos inversionistas.

8.- No limita que las empresas socias y consorciadas, así como las investigadas, puedan seguir contratando con el Estado.

9.- No limita que las empresas socias y consorciadas, así como las investigadas, puedan transferir unidades de negocio/activos a nuevos operadores sin que estos últimos pierdan la acreditación de constructor provista por el Estado. La venta está permitida porque el pago de la reparación civil ya está garantizada.