El Tribunal Constitucional (TC) resolvió por mayoría resolver la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República sobre la Ley 31173, la cual garantiza el cumplimiento de la Ley 29625, sobre devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores.
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Al respecto, la institución declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad, por lo que lo también se declaró inconstitucionales los artículos 4, 7 y la primera disposición complementaria final de la ley 31173, además del inciso b del artículo 2, en el extremo que dispone “y los efectuados por sus empleadores, incluido el Estado y otros”, en referencia a que se permita incluir a personas que hayan sido beneficiadas directa o indirectamente de los recursos del Fonavi.

El TC concluyó en su informe, además, que el literal a del artículo 2 y la tercera disposición complementaria final de la Ley 31173, son compatibles con la Constitución, “siempre y cuando sean interpretados de conformidad con lo dispuesto en los fundamentos 59 y 60 de la sentencia”.
Además, el pleno del TC declaró improcedente la demanda presentada por el Ejecutivo sobre el literal c del artículo 2 de la Ley 31173, pero infundada la demanda en el resto.
Finalmente, instó al Gobierno y al Congreso a que implementen todas aquellas medidas que permitan continuar con el proceso de devolución de los aportes a los contribuyentes al Fonavi.
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