Keiko Fujimori y su esposo Mark Vito son investigados en el caso cócteles. (Mario Zapata)
Keiko Fujimori y su esposo Mark Vito son investigados en el caso cócteles. (Mario Zapata)

Redacción PERÚ21

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La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundada, por mayoría, la solicitud de la lideresa de , , y su esposo Mark Vito para que el Ministerio Público concluya la investigación preliminar que les sigue por el caso cócteles.

De esta manera, el tribunal superior revocó la decisión judicial de la jueza Elizabeth Arias, quien en primera instancia le dio diez días a la Fiscalía para que formalice investigación preparatoria o archive el expediente.

En su resolución, el tribunal considera relevante la Disposición N° 13, del 27 de setiembre del 2017, con la cual el Ministerio Público adecuó dicha investigación a la Ley de Crimen Organizado. Con esa disposición, la Fiscalía fijó en 36 meses como plazo máximo para realizar la investigación preliminar, que empezó a computarse desde el 8 de marzo de 2016, fecha de inicio de las diligencias preliminares. 

La defensa de Fujimori y Vito señalaban que el caso —con el que se busca esclarecer la procedencia de los aportes a través de los cócteles realizados por Fuerza Popular en campaña presidencial— 

Sin embargo, el tribunal acogió los argumentos del fiscal José Pérez, quien indicaba que debido a la complejidad del proceso era necesario adecuar la investigación a la referida ley.

"Esta Sala Penal de Apelaciones Nacional considera que tales circunstancias, son motivos válidos para considerar razonable el plazo fijado por el Ministerio Público de 36 meses, como duración de las diligencias preliminares", precisa el documento.

Los jueces superiores que votaron en mayoría fueron Edita Condori y Sonia Torre. Rómulo Carcausto falló a favor de que se ratificar la decisión de primera instancia. 

Aquí te dejamos la resolución:

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