Fiscalía insiste en reabrir caso contra Pedro Chávarry por remover a fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez

Fiscal César Zanabria Chávez sostiene que el exfiscal de la Nación debería ser investigado por el delito de encubrimiento real por buscar afectar la administración de la justicia.
(Mario Zapata/GEC)

El fiscal supremo adjunto César Zanabria Chávez presentó hoy los argumentos del para reabrir el caso que se seguía al exfiscal de la Nación por haber removido del equipo especial Lava Jato a los fiscales y José Domingo Pérez el 31 de diciembre de 2018.

Ante la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, el fiscal César Zanabria sostuvo que, en primera instancia, el juez supremo Hugo Núñez Julca tuvo una “interpretación errónea y contradictoria" para archivar la denuncia por el delito de encubrimiento contra Chávarry.

Para Zanabria, la decisión del hoy fiscal supremo de separar a los fiscales y pedir información sobre el acuerdo de colaboración eficaz a suscribirse con Odebrecht “tenían la potencialidad de afectar la administración de justicia" porque “estaban dirigidos a obstaculizar" las negociaciones con al compañía brasileña.

“El acto de generar la ruptura del acuerdo, sumado a la separación de fiscales, evidentemente podría afectar el acuerdo porque los fiscales que podían asumir este caso (en reemplazo de Vela y Pérez), podrían tener un criterio distinto en la tramitación de las colabración eficaz. Y, por otro lado, la otra parte (), tal vez no hubiese aceptado suscribir en otras condiciones el acuerdo”, sostuvo Zanabria.

El fiscal expresó que el ilícito de encubrimiento, que es entendido como un delito de mera actividad, puede ser interpretado también como los actos que “procuran desaparecer las huellas del delito. Significa poner el esfuerzo y hacer las diligencias para que suceda algo. No necesariamente una finalidad”. Por ello, concluyó que Chávarry sí perpetró el delito de encubrimiento.

En ese sentido, sostuvo que el investigado realizó las referidas acciones del proceso con el fin de "impedir que llegaran los elementos de prueba de investigación, en virtud al acuerdo de colaboración eficaz. Estos actos son idóneos para concretar el tipo penal de encubrimiento real porque constituyen acciones penalmente relevantes”.

“Es necesario que continúe el proceso penal, en el cual se esclarecerá la responsabilidad que concierne al investigado. Proponemos que se revoque la resolución que declaró fundada la naturaleza de acción del investigado y reformándola la declare infundada”, concluyó.

Tras la presentación de la defensa de Chávarry, que insistió en que el delito de encubrimiento real no se ajusta con la remoción de fiscales, la Sala anunció que emitirá su voto en el plazo de ley.

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