Jorge Barata
Jorge Barata

Redacción PERÚ21

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El juez decidió no excluir del proceso fiscal a Jorge Barata, ex ejecutivo de , sin previa intervención judicial por el caso de la constructora brasileña.

Para el magistrado, la disposición del fiscal , a cargo de investigar el caso , contraviene el artículo 339.2 del Código Procesal Penal, vigente en Lima para los delitos de corrupción.

Esta norma precisa que en la etapa de investigación preparatoria, como en la que está el caso Odebrecht, “el fiscal perderá la facultad de archivar la investigación sin intervención judicial”.

El magistrado Concepción subraya que si bien el fiscal es el titular de la acción penal, y como tal conduce desde su inicio la investigación del delito, “una vez que instaura investigación preparatoria en contra de un determinado imputado, no podrá excluirlo sin previa intervención judicial”.

Además, señala que si el fiscal considera que Barata fue incluido de manera indebida, en base a sus propias declaraciones como colaborador eficaz, bajo el entendido de que estas no pueden ser usadas en su contra, debió solicitar ante el juzgado su exclusión, para que el órgano jurisdiccional pueda pronunciarse y emitir la decisión de corresponda.

El ex representante de la empresa Odebrecht en el Perú es investigado por los presuntos de tráfico de influencias y colusión en agravio del Estado. “De ser el caso que el pedido sea planteado, el juzgado convocaría a una audiencia y resolvería de inmediato”, sostuvo el magistrado.