Así se establece en el artículo 8 del Decreto Supremo 012-92-TR, Reglamento de la Ley sobre los Descansos Remunerados de los Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada. Asimismo, se defiende la dignidad del trabajador y el principio de irrenunciabilidad de sus derechos laborales, generando una ley de amparo en materia del citado expediente.