CAMISETA
CAMISETA

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

La congresista de Fuerza Popular, , negó hoy rotundamente que el proyecto de ley N° 1517 /2016-CR, Ley General del Deporte, proponga que la Federación Peruana de Fútbol (FPF) pase a ser parte del Instituto Nacional del Deporte (IPD). 

Si la FPF —un ente privado y autónomo— pasa a depender del IPD, sería  desafiliada de la FIFA y la selección no podría jugar el Mundial Rusia 2018, pues en su reglamento, el organismo deportivo pide como requisito de afiliación que la federación local del país tenga total autonomía y no esté supeditada al gobierno ni a nadie.

Tras las críticas, ¿Qué dice exactamente el proyecto de ley? 

Los principales fines de la norma son:


- Promover y difundir la práctica masiva del deporte en general.
- Regular y fiscalizar la participación del Estado, el sector privado y la sociedad en el desarrollo del deporte general.
- Desarrollar los componentes del deporte en general a través de las áreas deportivas del ente rector.

¿Cuáles son los puntos polémicos?

Específicamente, el Subcapítulo Tercero —Federaciones Deportivas Nacionales— establece que "solo podrán constituirse y registrarse ante el organismo competente en materia deportiva, a nivel nacional e internacional, una sola federación deportiva nacional por cada disciplina deportiva". 

Asimismo, indica que "para el uso de los símbolos deportivos nacionales se requerirá la autorización del Instituto Peruano del Deporte (IPD), el reglamento determinará los requisitos para su utilización, sin la cual no es
posible su participación en ningún evento deportivo nacional o
internacional".

El proyecto agrega que "todo acto relacionado con la administración y manejo de las selecciones nacionales se considera función pública por
delegación".

El artículo 57 del subcapítulo también se ha mencionado en los medios. Señala que algunos de los requisitos para ser miembro de la junta directiva de una federación son: Acreditar grado o título a nivel universitario o técnico superior; no registrar antecedentes judiciales, penales ni policiales; no haber sido sancionado por dopaje, entre otros.

PUEDES LEER LA PROPUESTA NORMATIVA  COMPLETA AQUÍ:

TAGS RELACIONADOS