Elvia Barrios fue presidenta del Poder Judicial hasta el 31 de diciembre del 2022. (GEC)
Elvia Barrios fue presidenta del Poder Judicial hasta el 31 de diciembre del 2022. (GEC)

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó hoy suspender por 60 días a la jueza suprema por no comunicar que su exesposo contrató con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) entre 2015 y 2018.

Luz Tello, miembro del pleno de la JNJ, expuso en audiencia que Barrios estaba obligada a notificar al JNE y al Poder Judicial que Eduardo Laca Rivadeneira, su conviviente en ese entonces, había suscrito órdenes de servicio con el organismo electoral.

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El artículo 11 de la Ley de Contrataciones con el Estado establece que los familiares de altos funcionarios, entre ellos los magistrados supremos, están impedidos de contratar con entidades públicas.

“La conducta de un juez de la Corte Suprema que consista en no informar, omitiendo que su conviviente sea contratado para proveer servicios a una entidad que forma parte del Poder Judicial, mediante órdenes de servicios, es pasible de un importante grado de reproche ético y consecuentemente de la correspondiente sanción disciplinaria”, argumentó Tello. A esa conclusión se adhirieron el resto de integrantes, a excepción de María Zavala.

En un principio, el ponente del caso, Henry Ávila, propuso sancionar a la expresidenta de la Corte Suprema con amonestación, pero cambió de parecer al advertir que la conducta se tipificaba como falta grave.



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