Elvia Barrios fue presidenta del Poder Judicial por el periodo 2021-2022. (GEC)
Elvia Barrios fue presidenta del Poder Judicial por el periodo 2021-2022. (GEC)

La jueza suprema Elvia Barrios apelará el fallo de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que por no informar que su exesposo contrató con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) entre 2015 y 2018.

“Voy a plantear la reconsideración porque es una resolución no ajustada a derecho, viola derechos fundamentales y porque se ha variado el hecho atribuido en la versión final”, declaró brevemente a Perú21.

Con lo último, Barrios se refiere al cambio de opinión que hizo el ponente del caso Henry Ávila. Ayer, Ávila propuso como sanción amonestar a la magistrada, pero antes de la votación de hoy varió su postura y propuso la suspensión.

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Luz Tello, miembro del pleno de la JNJ, expuso en audiencia de este viernes que Barrios estaba obligada a notificar al JNE y al Poder Judicial que Eduardo Laca Rivadeneira, su conviviente en ese entonces, había suscrito órdenes de servicio con el organismo electoral.

El artículo 11 de la Ley de Contrataciones con el Estado establece que los familiares de altos funcionarios, entre ellos los magistrados supremos, están impedidos de contratar con entidades públicas.

“La conducta de un juez de la Corte Suprema que consista en no informar, omitiendo que su conviviente sea contratado para proveer servicios a una entidad que forma parte del Poder Judicial, mediante órdenes de servicios, es pasible de un importante grado de reproche ético y consecuentemente de la correspondiente sanción disciplinaria”, argumentó Tello.

A esa conclusión se adhirieron el resto de integrantes, a excepción de María Zavala. La ponencia de Ávila fue aprobada en mayoría.

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