Exteriores y fachada de la sede principal del Jurado Nacional de Elecciones en el Centro de Lima. (Foto: Leandro Britto / GEC)
Exteriores y fachada de la sede principal del Jurado Nacional de Elecciones en el Centro de Lima. (Foto: Leandro Britto / GEC)

El (JNE) consideró que la decisión de ampliar el plazo para modificar las normas que regirán las afectaría la seguridad jurídica necesaria con la que se debe llevar adelante dicho proceso electoral.

La posición del JNE fue transmitida al Congreso de la República mediante el oficio N°582- 2021-P/JNE, el cual contiene dos informes que dan respuesta a la solicitud de opinión que efectuara este poder del Estado respecto de los proyectos de ley N°113/2021-CR y N°128/2021-CR que plantean adicionar normas transitorias en el contexto de las citadas elecciones.

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Así, frente a la propuesta del último de estos proyectos de correr el plazo a fin de adoptar normas electorales para los comicios, del 2 de octubre próximo hasta el día siguiente de la publicación de la convocatoria de estos comicios (prevista para los primeros días de enero), el JNE precisa que modificar las reglas de los procesos en curso impedirá a los actores electorales orientar su comportamiento con la anticipación y seguridad debida.

Añade que se debe tener presente que los procesos electorales, incluidas las elecciones internas, implican una serie de actividades de las organizaciones políticas, los organismos electorales y otros actores, las cuales se desarrollan en etapas preclusivas, es decir, que no se pueden extender porque de hacerlo afectan a las fases subsiguientes, dado que el día de la elección es inmodificable.

En dichos proyectos también se plantea suspender las elecciones primarias. Al respecto, el organismo electoral resalta que dicha elección fortalecerá y garantizará la democracia interna al fomentar una mayor participación política, por lo cual refirió que para su aplicación el Congreso debe considerar las disposiciones que emita el Ministerio de Salud (Minsa) para prevenir la COVID-19 y ante una eventual tercera ola de contagios.

Opiniones frente a otras propuestas

Respecto a la propuesta de suspender la aplicación del literal f) del artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas, el cual establece la cancelación de un partido cuando no participe en las elecciones regionales en, por lo menos, 3/5 de las regiones y en los comicios municipales en, por lo menos, la mitad de las provincias y 1/3 de los distritos a nivel nacional, el JNE opina que ello no favorece al fortalecimiento de estas agrupaciones.

El organismo electoral también indicó que el plazo para la renuncia y afiliación de los candidatos a alcaldes, gobernadores, vicegobernadores, consejeros y regidores debe ser el mismo y no como plantean ambas iniciativas dando fechas diferenciadas, al no existir razones objetivas para aplicar criterios distintos.

Finalmente, el Jurado Nacional de Elecciones también propuso que medien 30 días calendario entre las dos gestiones.

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