La no presentación de los informes sobre los aportes e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña, en el plazo establecido por la ONPE constituye una infracción muy grave. (Foto: Geraldo Caso Bizama / GEC)
La no presentación de los informes sobre los aportes e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña, en el plazo establecido por la ONPE constituye una infracción muy grave. (Foto: Geraldo Caso Bizama / GEC)

El próximo viernes 19 de marzo es la fecha límite para presentar el primer reporte de información financiera de campaña de las , que deben efectuar las organizaciones políticas, candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda.

La (ONPE) habilitó el portal “Claridad en Línea”, a fin de que los candidatos y organizaciones políticas realicen el registro de sus ingresos y gastos de campaña electoral en el marco de los próximos comicios.

Por el momento, el portal no permite presentar la rendición de cuentas directamente, pero sí realizar los registros para luego imprimirlos, firmarlos y presentarlos a través de la Mesa de Partes Virtual Externas ().

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Para hacer uso de “Claridad en Línea” los candidatos tendrán que hacer un registro previo en el siguiente enlace donde podrán validar sus datos y crear su usuario y contraseña.

En el caso de las organizaciones políticas, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE les hará llegar el usuario y contraseña a sus respectivos tesoreros, quienes son los responsables de presentar la rendición de cuentas.

La rendición de cuentas comprenderá el periodo que va del 9 de julio de 2020, fecha en la que se convocaron las elecciones generales, al 12 de marzo de 2021.

La segunda entrega, según el artículo 103° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, será en un plazo no mayor a 15 días de concluido el proceso electoral con la publicación en el diario oficial El Peruano de la resolución que dispone su conclusión.

La ONPE recordó que la obligación de los partidos y los candidatos no solo implica el deber de presentación de las mismas, sino que éstas se realicen en la forma y plazos establecidos con el objeto de que se efectúe oportunamente una correcta verificación y control de la citada información financiera.

De acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, la no presentación de los informes sobre los aportes e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña, en el plazo establecido por la ONPE, constituye una infracción muy grave, sancionable con una multa no menor de 31 ni mayor de 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y la pérdida del financiamiento público directo.

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