Elecciones 2016: Miembros de mesa que no cumplan función serán multados hasta con S/197

Los que asistan a cumplir con su deber de ser miembros de mesa tendrán un día de descanso no laborable compensable.
Miembros de mesa que no cumplan función serán multados hasta con S/ 197. (Rafael Cornejo)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recordó a los electores sorteados para ser miembros de mesa, titulares o suplentes, que quienes mañana no cumplieran con su función deberán pagar una multa de S/ 197.50, equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Se añadió que en caso de que tampoco se hubiera cumplido con ese rol en la primera vuelta electoral, el 10 de abril, tendrán una multa acumulada de S/ 395.00.

Asimismo, se informó que los ciudadanos que este domingo sean seleccionados para integrar las mesas de sufragio, ante la ausencia de los miembros titulares y suplentes, y se nieguen al desempeño del cargo, serán sancionados con una penalidad similar.

La multa para los electores considerados pobres extremos será de S/ 19.75.La ONPE instó a los miembros de mesa a que acudan a los centros de votación a las 7 de la mañana, con la finalidad de que se cumpla con el horario previsto para el sufragio y así evitar retrasos que posteriormente generen aglomeraciones y colas.

DESCANSO LABORALEl mismo organismo electoral señaló que las personas que cumplan de manera efectiva su función en la segunda elección presidencial, como miembros de mesa, tendrán derecho a un día de descanso no laborable compensable en sus respectivos centros de trabajo, el cual se hará efectivo el lunes 6 de junio.

Se explicó que tendrán derecho a este beneficio no solo los miembros de mesa que salieron sorteados como titulares o suplentes que cumplan ese rol el día de la jornada electoral, sino también los electores de la cola que eventualmente asuman como reemplazantes de los designados ante su posible ausencia.

Para acceder a este derecho, el día de las elecciones la ONPE otorgará a cada miembro de mesa un certificado de participación por haber cumplido su deber cívico, el cual deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores.

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