ABSURDA RESERVA. El JNE malinterpreta la Ley de Protección de Datos Personales para no revelar los nombres de los firmantes. (Foto: Mario Zapata/ GEC)
ABSURDA RESERVA. El JNE malinterpreta la Ley de Protección de Datos Personales para no revelar los nombres de los firmantes. (Foto: Mario Zapata/ GEC)

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Por Delsy Loyola/Amet Aguirre

El Jurado Nacional de Elecciones () no quiso informar a este diario sobre la identidad de más de 10 mil personas que avalaron con sus firmas una solicitud de Sendero Luminoso para interponer una acción de inconstitucionalidad contra nueve leyes y cuatro decretos supremos que sancionan el delito de terrorismo.

El 6 de noviembre, Alfredo Crespo, abogado del genocida Abimael Guzmán, solicitó al JNE la verificación de 10,509 rúbricas. Según la norma, el mínimo requerido para poder presentar el recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) es 5,000 firmas. Casi un mes después, el 4 de diciembre, el JNE resolvió que 7,345 rúbricas de las presentadas eran válidas. Con esto el ente electoral dejó el camino libre para que el proceso iniciado por Crespo continúe su ruta al TC.

Perú21 le solicitó al JNE, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la lista de los firmantes que apoyan al Movadef, el brazo político de Sendero Luminoso, pero la entidad se negó argumentando que son “datos sensibles al estar vinculados a opiniones o convicciones políticas”, según la Ley de Protección de Datos Personales.

Además, dijo que se necesita un “consentimiento expreso” de dichos ciudadanos.

Esta fue la respuesta del JNE ante nuestra solicitud.
Esta fue la respuesta del JNE ante nuestra solicitud.

No sabemos si el JNE ha tenido la desatinada idea de considerar la ideología genocida de SL como convicción política, pero lo cierto es que, hasta el momento, prefieren mantener en reserva las identidades.

“NEGATIVA ILEGAL”

El abogado Roberto Pereira, experto en temas de acceso a información pública, calificó de “absurdo” el argumento del JNE. Indicó que las personas que firman la solicitud aceptan participar del debate público al presentar la demanda.

“Se trata de una negativa ilegal (del JNE). El criterio que han aplicado no está amparado por ley. Han realizado una interpretación incorrecta de la Ley de Protección de Datos Personales y de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, señaló.

Explicó que “por firmar una demanda de inconstitucionalidad no se deriva una convicción política, simplemente la discrepancia jurídica con una norma”. Además, Pereira aseguró que “no se necesita consentimiento expreso” de los firmantes para que el JNE brinde la información.

Por su parte, el abogado Rolando Janampa Camino considera que estos datos solicitados por Perú21 son de carácter público. “El deber del Estado es proteger a los ciudadanos del terrorismo, acá se estaría limitando esa protección al no informar quiénes son las personas que buscan tumbarse esas leyes", dijo.

Demanda de SL sin futuro

El procurador antiterrorismo, Milko Ruiz, consideró que el Tribunal Constitucional (TC) no aceptará la demanda de Sendero Luminoso (SL) contra la legislación que sanciona actos subversivos.

“Confiamos en que esa demanda ante el TC no va a tener ningún futuro. No hay ningún peligro de que se anulen los juicios contra los terroristas, como en 2003, pues se han respetado todos sus derechos”, declaró Ruiz a Perú21.

El procurador explicó que las normas penales, administrativas y políticas que los senderistas quieren anular respetan las regulaciones de instancias internacionales.

“El Estado ha promulgado leyes en su legítimo derecho de prevención contra el terrorismo. Estas normas obedecen a recomendaciones de la ONU, cumplen con la Convención de Derechos Humanos”, precisó.

Respecto a los 7,345 firmantes que respaldan el pedido de Alfredo Crespo, Ruiz comentó que no le sorprende la cantidad, pero tampoco los subestima. Asimismo, indicó que el debate del recurso en el TC puede tardar entre uno y dos años.

TENGA EN CUENTA

-Cuando la demanda sea presentada ante el TC, este tendrá 15 días para evaluar si la admite o no.

-El recurso busca declarar inconstitucional, entre otros puntos, la Ley de Partidos Políticos, que contempla que los fundadores de una organización política no pueden estar procesados o condenados por terrorismo.

-Perú21 interpondrá una queja ante la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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