Edgar Alarcón fue denunciado por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por el presunto delito de peculado doloso por apropiación agravada. (Foto: Archivo de GEC)
Edgar Alarcón fue denunciado por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por el presunto delito de peculado doloso por apropiación agravada. (Foto: Archivo de GEC)

La de la República aprobó el informe final de la , planteada por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, contra el suspendido congresista por el presunto delito de peculado doloso.

Por 19 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, se dio luz verde al documento aprobado en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Con la misma votación se designó a Leonardo Inga Sales (Acción Popular) para sustentar el informe final ante el Pleno.

Alarcón Tejada tampoco se presentó a la sesión de la Comisión Permanente alegando que el pasado 9 de junio fue operado de pseudofaquia en el ojo derecho y se le recomendó descanso médico.

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Los cargos que se le imputan a Edgar Alarcón derivan de un informe del órgano de control institucional de la Contraloría General, en el que se indica que cuando desempeñó diversos cargos en dicha entidad, autorizó pagos por servicios que no fueron prestados.

De acuerdo a la Fiscalía, el perjuicio que habría ocasionado al Estado ascendería a S/ 490.877, repartidos en S/ 32.417 soles en pagos con recursos de caja chica, y S/458.460, con la emisión de comprobantes de pago.

En enero del presente año, Alarcón interpuso un escrito ante la subcomisión parlamentaria, requiriendo que el caso sea archivado al considerar que los hechos que son materia de la denuncia no constituyen un delito que pueda atribuírsele.

El entonces parlamentario argumentó que el recurso interpuesto en su contra por la fiscal de la Nación, “carece de objetividad y vulnera el principio de imputación necesaria”.

Como se recuerda, Alarcón fue suspendido en el cargo hasta que se resuelva la acusación constitucional en su contra aprobada por el Congreso, por ser el presunto autor del delito contra la administración pública, enriquecimiento ilícito agravado, previsto y sancionado en el artículo 401 del Código Penal, en agravio del Estado.

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