Poder Judicial rechazó acción de amparo de Ángel Neyra contra disolución del Congreso

El magistrado que evaluó esta medida recordó que la validez del decreto supremo que cuestiona Neyra será determinada por el Tribunal Constitucional.
Ángel Neyra, de Fuerza Popular, presentó una acción de amparo en el Poder Judicial. (Foto: Congreso)

El Poder Judicial declaró como improcedente la acción de amparo que presentó , integrante del Parlamento disuelto y miembro de Fuerza Popular, contra Martín Vizcarra y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que buscaba anular la disolución del Congreso y la convocatoria a elecciones.

El Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del juez David Suárez Burgos, advirtió que la pretensión principal de la demanda es declarar como nulo el Decreto Supremo 165-2019-PCM del 30 de setiembre, a través del cual se oficializó la disolución del Legislativo.

El magistrado advirtió que de este punto principal dependen los otros tres reclamos de Neyra: dejar sin efecto el cierre del padrón electoral por parte del JNE, que se acate la validez de su cargo como congresista hasta el 2021 y que se se deje sin efecto la convocatoria de elecciones para el 26 de enero del 2020.

El juez constitucional recordó que el presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, ha presentado una demanda competencial y una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional (TC), por lo que no le corresponde pronunciarse sobre la validez del decreto cuestionado.

“Dada la naturaleza del procedimiento de control político que contiene el Decreto Supremo que se cuestiona a través del amparo, será el máximo intérprete de la Constitucionalidad de las normas en dicho proceso el órgano que resuelva si el acto contenido en el Decreto Supremo 165-2019-PCM es válido o no”, se lee en la resolución.

El juez David Suárez también considera que el artículo 134 de la Constitución ha revestido de legalidad la decisión de Martín Vizcarra de disolver el Parlamento.

“[...] Constituye una prerrogativa constitucional del presidente de la República la disolución del Congreso. Por tanto, per se, dicho acto se encuentra dotado de validez constitucional; como tal, prima facie, no puede alegarse su nulidad”, manifestó el magistrado en el texto.

Cabe recordar que, antes que Ángel Neyra, Marisol Espinoza presentó otra acción de amparo en el Poder Judicial contra la disolución del Congreso, sobre la cual todavía no hay una resolución pública.

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