Dina Boluarte afronta denuncias constitucionales en su contra. Foto: archivo GEC
Dina Boluarte afronta denuncias constitucionales en su contra. Foto: archivo GEC

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de la República debatirá el martes 14 de junio el informe de calificación que plantea declarar procedente la denuncia constitucional en contra de la , Dina Boluarte, con el fin de inhabilitarla de la función pública.

El informe declara procedentes las acusaciones presentadas en contra de la también vicepresidenta de la República. Esto luego de que la Contraloría emitiera un informe que en el que señala que ella presuntamente habría infringido el artículo 126 de la Constitución al haber firmando documentos como presidenta del Club Departamental Apurímac mientras era funcionaria.

La primera denuncia la presentó la congresista Norma Yarrow (Avanza País), con el apoyo de parlamentarios de su bancada, por la supuesta infracción a los artículos 38 y 126 de la Carta Magna. Además, por la presunta comisión de los delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, y negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo.

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La segunda denuncia la planteó el legislador Javier Padilla (Renovación Popular), también por la presunta infracción al mismo artículo de la Constitución Política del Perú.

Asimismo, hay un tercera denuncia constitucional que presentó el ciudadano César Ángel Candela Jara contra Boluarte Zegarra por supuestamente haber infringido el artículo mencionado anteriormente.

El viernes 10 de junio, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales no pudo sesionar para ver este tema debido a que no hubo quórum por la falta injustificada de siete parlamentarios.

Otros casos

En la sesión que se realizará este martes la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales también evaluará otras diez denuncias constitucionales presentadas por diversos ciudadanos.

Una de ellas fue formulada por Edgar David Villanueva Núñez, quien acusa al presidente de la República, Pedro Castillo, y al primer ministro, Guido Bellido, de haber infringido el artículo 118 de la Constitución Política del Perú.

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