Redacción PERÚ21

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De acuerdo a la Resolución N° 00214-2018-JEE-LICN/JNE, la postulación de candidato a la Alcaldía de Lima por es inadmisible hasta que presente los documentos originales –o copias legalizadas– que certifiquen que está con licencia sin goce de haber en el Congreso de la República.

El (JEE) de Lima Centro ha concedido el plazo perentorio de dos días calendarios a efectos de que el postulante cumpla con subsanar las observaciones.

Del mismo modo, la postulación de la candidata a teniente alcaldesa por FP, y de los aspirantes a una regiduría metropolitana: Pedro Casanova, Claudia Ato, Juan Carlos González, Paola Alfaro y Gian Marco Verde; han sido declaradas inadmisibles porque no han presentado ningún documento que acredite que se encuentran con licencia sin goce de haber en sus puestos de trabajo en el Sector Público.

Cabe precisar que la personera legal de FP, Karina Gisela Cornejo Zavaleta, ya ha sido notificada por la entidad electoral sobre las observaciones que tiene la lista de su agrupación.

Resolución del JEE.
Resolución del JEE.