Nuevas medidas sobre la nueva convivencia social (Reuters).
Nuevas medidas sobre la nueva convivencia social (Reuters).

Esta noche se publicó el decreto supremo 116-2020 que aborda las nuevas medidas dispuestas por el gobierno para que los ciudadanos eviten los contagios del en lo que se llama “la nueva convivencia social”. La norma también extiende el Estado de Emergencia Nacional a raíz del coronavirus.

A continuación te resumimos los principales puntos de esta nueva normativa:

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¿Prórroga del Estado de Emergencia Nacional?

Sí, la norma dispone que esta medida regirá del 1 al 31 de julio de este año por lo que limitará el ejercicio de los peruanos a la libertad, seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión. Este es diferente al Estado de Emergencia Sanitaria que permite que el Gobierno tome medidas en el sector Salud y que rige hasta el 7 de setiembre.

¿Y la cuarentena?

El nuevo decreto dispone que las medidas de aislamiento social o cuarentena se levantarán desde el 1 julio de 2020, es decir, el próximo miércoles.

¿Se aplica a todos?

No. Se ha establecido una cuarentena focalizada. Esto significa que los menores de 14 años y los grupos de riesgo como los adultos mayores de 65 años y aquellos que tengan enfermedades (de acuerdo a lo determinado por la Autoridad Sanitaria Nacional) deberán continuar en cuarentena. Ellos solo podrán salir cuando requieran atención médica urgente o ante una emergencia, y para adquirir alimentos, medicinas y realizar servicios financieros. En caso que laboren se dará prioridad a que hagan teletrabajo.

¿Siempre?

No, los menores pueden realizar, de manera excepcional, actividades fuera de su domicilio siempre y cuando salgan con una persona mayor de edad, por 60 minutos, en una distancia no mayor a 500 metros de hogar y que se mantenga un distanciamiento social no menor de 2 metros. No se aplica para los menores que están en cuarentena por disposición sanitaria o por dar positivo de .

¿Los niños pueden ir a centros comerciales?

Ni a centros comerciales ni a un lugar público cerrado o de aglomeración.

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¿Se aplica a todo el país?

En todo el territorio nacional, excepto Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.

¿Continuarán los toques de queda?

Sí, estos serán desde las 10 p.m. hasta las 4 a.m. del día siguiente. Recuerda que se aplicará desde el miércoles 1 de julio. En el caso de las regiones mencionadas antes, el toque de queda será de 8 p.m. a 4 a.m. del día siguiente.

¿El toque de queda se aplica a todos?

La norma especifica excepciones: el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, continuidad de servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales. También se permite que funcionen las farmacias, droguerías y boticas.

¿Las personas que requieren atención de salud?

Sí, podrán salir de sus domicilios siempre y cuando sea urgente o porque su vida corre grave riesgo. También se permitirá la salida para la adquisición de medicamentos.

¿Y los trabajadores de construcción?

La limitación de transitar libremente no se aplican a las actividades de construcción, operación, conservación o mantenimiento siempre que esté relacionada con la Red Vial Nacional, Departamental o Vecinal.

¿Si salgo, qué medidas debo tomar?

Debes usar mascarilla de forma obligatoria.

¿Cómo será la atención en bancos y centros comerciales?

Se permitirá un aforo no mayor del 50%, se exigirá la desinfección antes de ingresar al local y se debe mantener el distanciamiento social.

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¿Cómo quedan las fronteras?

Continuarán cerradas y se mantiene suspendido el transporte internacional de pasajeros por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial. Esto no se aplica al transporte de carga y mercancía.

¿Y las fiestas?

Están suspendidas al igual que los desfiles, las fiestas patronales, actividades civiles y religiosas. Tampoco se permitirá que los ciudadanos permanezcan en los centros comerciales. Es decir, solo deben acudir a adquirir productos y servicios. Recuerda que durante el Estado de Emergencia, se han limitado derechos y las fuerzas del orden pueden tomar acciones como las mencionadas en la primera pregunta.

¿Y el sector público funcionará?

Se ha establecido un nuevo horario de ingreso y salida. Así, si no brindan atención presencial, trabajarán de 7 a.m. a 4 p.m. Los que no dan atención presencial, de 10 a.m. a 7 p.m.

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