El titular de Justicia, Fernando Castañeda, se pronunció sobre el Decreto Supremo publicado este jueves. (Foto: Ministerio de Justicia)
El titular de Justicia, Fernando Castañeda, se pronunció sobre el Decreto Supremo publicado este jueves. (Foto: Ministerio de Justicia)

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, , aseguró que el decreto supremo publicado este jueves y que establece criterios de selección o identificación de los internos que serán beneficiados con los indultos presidenciales en la marco del (COVID-19), no alcanza a sentenciados por terrorismo o delitos de lesa humanidad como Abimael Guzmán o el expresidente

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“Todos los delitos de corrupción del capítulo de delitos de corrupción son graves: terrorismo, feminicidio, sicarios, marcas, traficantes, en fin, hay una especificación clara con el artículo del Código Penal que está establecido y se ha puesto en la norma del decreto supremo”, declaró a Exitosa.

En ese sentido, afirmó que estos procesados “están excluidos” del beneficio que otorgará el gobierno para frenar el avance del (COVID-19) en el país.

El objeto de la norma, publicada en el diario oficial El Peruano, es establecer, de manera excepcional y temporal, supuestos especiales para que la Comisión de Gracias Presidenciales proceda a evaluar y proponer el otorgamiento de indultos comunes y por razones humanitarias, así como conmutaciones de penas, y desarrollar su procedimiento.

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No procede la recomendación de gracia presidencial a los internos e internas que han sido sentenciados por delitos contra la vida, el cuerpo y la salud; contra la familia, la libertad, patrimonio, seguridad pública, tranquilidad pública, humanidad, los poderes del Estado y el orden constitucional, la administración pública, terrorismo, lavado de activos; así como delitos por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar.

El decreto supremo tiene vigencia durante el período de emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud (Minsa) y su prórroga, en caso así se disponga.

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