La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE) juzga delitos graves de crimen organizado y corrupción de funcionarios. (Foto: GEC)
La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE) juzga delitos graves de crimen organizado y corrupción de funcionarios. (Foto: GEC)

La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE), que juzga delitos graves de crimen organizado y corrupción de funcionarios, emitió un pronunciamiento para prevenir a los funcionarios públicos vinculados con el dinero para la compra de víveres destinados a la población más vulnerable durante la emergencia por el .

Como se sabe, el Poder Ejecutivo ha entregado S/ 213 millones a las diferentes municipalidades del país para ese fin y de esa manera atenuar los efectos de las medidas adoptadas para prevenir la pandemia del coronavirus.

En el pronunciamiento, elaborado con la colaboración de la jueza anticorrupción Nayko Coronado Salazar, la CSNJPE explica los supuestos que los funcionarios o servidores públicos deben tener en cuenta para no incurrir en delitos sancionados con penas severas.

Señala, por ejemplo, que la apropiación para sí o para otros de caudales públicos (dinero o víveres) destinados a fines asistenciales, constituye delito de peculado agravado.

Asimismo, que la concertación con el proveedor de los víveres para generar beneficios indebidos, sea con la sobrevaloración de costos o adquisición de mala calidad o de características inferiores a las ofrecidas, configura colusión.

De igual modo, precisa que el uso del dinero entregado para la compra de víveres, pero que es utilizado en otros gastos o pagos municipales diferentes al fin por el cual fue entregado, es delito de malversación.

También señala que el interés indebido para que el proveedor sea una empresa vinculada a familiares, allegados o una persona determinada, beneficiándola con el contrato, califica como negociación incompatible.

Añade que si en el contexto de estos supuestos son falsificadas firmas, hay consignación de información falsa en documentos públicos o crean destinatarios o proveedores fantasmas, cometen delitos contra la fe pública (falsedad material, ideológica y genérica, respectivamente).

De presentarse los anteriores escenarios, la situación jurídica del funcionario o servidor público se agrava, advierte la CSNJPE, que preside la jueza Inés Villa Bonilla.

Finalmente, refiere que si en esas acciones ilícitas participan colaboradores o terceros, estos serán cómplices de tales delitos, con sanciones similares a los autores.

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