PENA DE CÁRCEL. El Congreso pretende enviar a prisión a quienes suban los precios de bienes o servicios esenciales durante una emergencia. (Foto: Joel Alonzo/GEC)
PENA DE CÁRCEL. El Congreso pretende enviar a prisión a quienes suban los precios de bienes o servicios esenciales durante una emergencia. (Foto: Joel Alonzo/GEC)

El Congreso aprobó por insistencia, y de forma populista, la ley que sanciona el acaparamiento, la especulación y la adulteración en las zonas declaradas en estado de emergencia.

Esta iniciativa fue presentada por la Comisión de Defensa del Consumidor en el marco de la pandemia por el coronavirus. El presidente de dicho grupo de trabajo, José Luna Morales, sustentó: “Este dictamen es para pedir cárcel para aquellos que especulen y acaparen medicamentos en momentos en los cuales el país está en emergencia”.

La autógrafa, que propone modificar el Código Penal y el Código de Defensa del Consumidor, fue aprobada pese a haber sido observada en julio por el presidente de la República. La norma obtuvo 121 votos a favor, 14 abstenciones y ningún voto en contra.

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¿Qué cambios establecen?

En el Código Penal se añade el delito de abuso del poder económico, que será castigado con una pena de cárcel no menor de dos años ni mayor de seis años. Asimismo, acotan el delito de acaparamiento, con una pena no menor de cuatro ni mayor de seis años.

Por otro lado, modifican el delito de especulación y alteración de pesos y medidas para castigar con cárcel (entre dos y seis años) a quienes incrementen los precios de “bienes y servicios esenciales para la vida y salud de las personas”.

Sobre el Código de Protección y Defensa del Consumidor, se modifica el Artículo 1, que establece el derecho a la protección de intereses económicos y en contra de “cláusulas abusivas, especulación o acaparamiento en situación de emergencia”. En opinión de Óscar Súmar, director de la carrera de Derecho de la Universidad Científica del Sur, la ley en cuestión es “inaplicable y antitécnica”.

Asimismo, considera que impone una sanción innecesaria, dado que, en casos de alta demanda, cuando esta termina, “el propio mercado se ha disciplinado y el precio se estabiliza solo por la aparición de más ofertas”.

“El mercado se equilibra solo. De hecho, los precios son justo para eso”, acotó. Súmar también criticó la aprobación de un delito de acaparamiento (provocar la escasez o desabastecimiento de bienes para alterar precios), el cual en realidad ya figura como una consecuencia de la especulación (incrementar los precios y bienes habituales).

Asimismo, el experto manifestó que estos temas son complejos, a tal punto que la Fiscalía no contaría con personal y equipo suficientes para investigar debidamente. “Los temas de posición de dominio son súper complicados. En la práctica implican un análisis económico. De hecho, la Comisión de Libre Competencia de Indecopi realiza informes de cientos de páginas y cuentan con un equipo de más de 20 personas. Y ven pocos casos al año”, agregó.

Comisión COVID

Ayer por la mañana, el Congreso aprobó la creación de una comisión investigadora para determinar el número real de fallecidos a causa del COVID-19 y, además, identificar las posibles responsabilidades de exfuncionarios y funcionarios en caso de que hayan cometido alguna falta en el ejercicio de sus funciones.

La propuesta fue aprobada de manera unánime, con 125 votos a favor.

Dicha iniciativa fue planteada por el congresista Fernando Meléndez (APP), representante de Loreto, y establece un plazo de 90 días para que el grupo de trabajo haga las investigaciones respectivas.

El parlamentario hizo hincapié en la necesidad de sincerar la cantidad de muertes por coronavirus y se refirió a los cálculos hechos por medios especializados internacionales que han posicionado al Perú como uno de los países en el mundo con más decesos por la pandemia.

En dicha sesión, el congresista Posemoscrowte Chagua (UPP) aprovechó para intervenir y pedir a sus colegas que apoyen su propuesta para crear una comisión investigadora sobre el dióxido de cloro (CDS). El legislador insiste en plantear el consumo del químico como alternativa para tratar el coronavirus, a pesar de que organismos internacionales, científicos y médicos han advertido que el CDS perjudica la salud.

Chagua puso de ejemplo a Bolivia argumentando que habían reducido su cantidad de fallecidos por COVID-19, pero eso no es cierto, pues el pasado 3 de agosto superaron un nuevo récord de decesos diarios.

Sabía que:

En el caso del delito de especulación, el abogado Óscar Súmar precisa que el Código Penal actualmente sanciona a aquel que vende bienes o presta servicios a precio superior al que consta en su lista de precios.

“Ahora ya no es necesario que exista la lista de precios, lo cual hace que sea más difícil que se aplique la fi scalización del delito en la práctica”, consideró.

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