Alberto Fujimori permanecerá en prisión luego de que el Poder Judicial rechazara su excarcelación por riesgo al contagio del COVID-19. (Foto: GEC)
Alberto Fujimori permanecerá en prisión luego de que el Poder Judicial rechazara su excarcelación por riesgo al contagio del COVID-19. (Foto: GEC)

El expresidente acudirá al (TC), luego de que el Poder Judicial rechazara, en segunda instancia, el hábeas corpus que presentó para lograr su excarcelación, argumentando que existe un riesgo de que contraiga el coronavirus (COVID-19) en el penal de Barbadillo.

Así lo anunció en RPP Noticias el abogado del exmandatario, Elio Riera, quien señaló que se trata de un recurso de agravio constitucional que tiene un plazo máximo de 10 días para su presentación.

“Estamos, respetuosamente, disconformes con el fallo por cuanto de una revisión general se puede inferir que la Sala concluye que, pese a existir un riesgo de contagio, determina que mejor el señor Fujimori esté en el penal y eso está mal, estamos hablando de una persona mayor”, expresó.

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Refirió que en la audiencia, el propio (INPE) ha señalado que no puede garantizar la reducción del riesgo de contagio. Pese a ello, indicó, el Poder Judicial ha concluido que Fujimori deberá permanecer en el penal Barbadillo, algo que calificó como “inhumano”.

“Con el equipo técnico que me acompaña estamos preparando el correspondiente recurso para acudir al Tribunal Constitucional. Tenemos un plazo de diez días, es un recurso de agravio constitucional y vamos a verlo por esa vía”, añadió.

Como se recuerda, la Sala Mixta de Emergencias de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la decisión del Juzgado Penal de Turno Permanente que declaró como infundado el recurso que habían planteado los hermanos Hiro y Sachie Fujimori Higuchi.

En la resolución se precisa que la excarcelación del exmandatario sería “contraproducente”, ya que las enfermedades que padece requieren un monitoreo constante de salud, más aún en un contexto de pandemia como la del .

En su apelación al fallo en primera instancia, los hijos de alegaron que si bien el INPE ha tomado medidas para reducir el riesgo de contagio, también ha reconocido que esa posibilidad subsiste.

Al respecto, la Sala se pronunció en el sentido de que “ningún galeno puede dar garantías de no contagio del virus -lo cual por lo demás escapa de sus competencias- como tampoco dar garantía de lo que le pueda pasar a tal o cual persona ante el contagio del mismo”.

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